El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) advierte que la implementación de registros obligatorios para medios digitales carece de sustento técnico y responde únicamente a una lógica de control estatal.
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Libertad sin barreras: A diferencia de la radio o la televisión, internet no presenta limitaciones de espectro. Por lo tanto, imponer registros o autorizaciones previas es, en la práctica, restringir quién tiene derecho a expresarse.
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Responsabilidad, no censura: Los medios digitales deben operar sin condicionamientos. Lo que dictan los estándares internacionales es la responsabilidad ulterior, garantizando siempre el debido proceso, en lugar de barreras de entrada.
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Contexto crítico: En una Venezuela marcada por bloqueos y cierres de medios, estas exigencias solo profundizan el modelo de censura y persecución.
Conclusión: Cualquier registro debe ser voluntario y bajo ninguna circunstancia puede condicionar el derecho humano a informar y estar informado.
Exigir un registro obligatorio a medios digitales no responde a ninguna necesidad técnica, sino a una lógica de control.
En internet, donde no hay limitación de espectro, imponer registros o autorizaciones equivale a restringir quién puede ejercer la libertad de expresión.
Los… https://t.co/rppSXvNIfr— SNTP (@sntpvenezuela) March 22, 2026