La Liga Venezolana de Béisbol Profesional (LVBP) dio un golpe sobre la mesa este martes 15 de septiembre al revelar las sanciones de cuatro jugadores por infracciones al Programa Antidopaje (PALVBP) detectadas durante la campaña 2025-2026.
A través de un comunicado oficial, la Junta Directiva de la LVBP confirmó la suspensión de los peloteros Rougned Odor, Osmer Morales, Melvi Acosta y Ángel Cuenca, pertenecientes a las franquicias de Navegantes del Magallanes, Bravos de Margarita y Caribes de Anzoátegui.
Sanciones y sustancias detectadas:
-
Osmer Morales (Bravos de Margarita): Recibió el castigo más severo con 20 juegos de suspensión tras dar positivo por uso de anabolizantes.
-
Rougned Odor (Navegantes del Magallanes): El infielder grandeligote fue suspendido por 13 compromisos debido a una violación vinculada al uso de estimulantes.
-
Melvi Acosta (Bravos de Margarita): Sancionado con 13 encuentros por uso de anabolizantes.
-
Ángel Cuenca (Caribes de Anzoátegui): Castigado con 13 partidos de suspensión por uso de anabolizantes.
Impacto en la próxima temporada de la LVBP
El anuncio de la liga busca sanear el circuito antes del inicio de la contienda 2026-2027. Aunque la directiva no ofreció detalles específicos sobre las moléculas o nombres comerciales de los productos detectados —clasificándolos únicamente como anabolizantes o estimulantes—, las suspensiones deberán cumplirse de forma inmediata en cuanto los peloteros sean inscritos en el roster activo de sus respectivos equipos para el campeonato venidero.
La aplicación de estas medidas reitera el compromiso del béisbol venezolano con el juego limpio, afectando directamente la planificación estratégica de Magallanes, Bravos y Caribes de cara al arranque de la pelota invernal.

La organización Navegantes del Magallanes informó que han sido notificada con la decisión de la Liga Venezolana de Béisbol Profesional (LVBP) relacionada con nuestro pelotero Rougned Odor.
Este resultado adverso correspondiente a una prueba realizada durante la pasada temporada 2025-2026 estuvo relacionado con un medicamento prescrito para el tratamiento del Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (ADHD), utilizado por el jugador desde su etapa en las Grandes Ligas bajo supervisión y autorización.
La situación se produjo debido a que, al momento de realizarse la prueba, no se había informado ni presentado oportunamente ante la LVBP la prescripción y documentación médica requerida para su autorización de uso terapéutico.
Posteriormente, el jugador y la organización ejercieron mecanismos correspondientes ante la liga y lograron consignar dichos documentos médicos que acreditaban el uso terapéutico de este tratamiento desde su etapa en las mayores, la cual fue incorporada al análisis del caso, sin embargo, esta consignación fue desestimada por la liga por considerarse extemporánea.
Navegantes del Magallanes respeta la decisión de la LVBP, al mismo tiempo que reitera su acompañamiento a nuestro jugador durante el cumplimiento de la sanción correspondiente.








