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Más allá del protocolo: Instalación de la Asamblea Nacional

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Más allá del protocolo: Instalación de la Asamblea Nacional

 

 

La Asamblea Nacional se instalará el 5 de enero de cada año o el día posterior más inmediato posible y durará hasta el 15 de agosto. El segundo período comenzará el 15 de septiembre o el día posterior más inmediato posible y terminará el quince de diciembre. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de la organización del Poder Público Nacional, Capítulo I, del Poder Legislativo Nacional, Sección Segunda cita textual: “La Asamblea Nacional elegirá de su seno un presidente o presidenta y dos vicepresidentes o vicepresidentas un secretario o secretaria y un Subsecretario o Subsecretaria fuera de su seno, por un período de un año. El reglamento establecerá las formas de suplir las faltas temporales y absolutas”.

 

 

El Reglamento de Interior y Debates, establece en su Artículo 3. Lo siguiente cito: “En la Sesión de instalación de la Asamblea Nacional, al inicio del período constitucional, en la fecha establecida, los Diputados y Diputadas se constituirán en comisión bajo la conducción del Diputado o Diputada de mayor edad, a los solos efectos de que dirija el debate para la Elección de la Junta Directiva. El director o directora de Debates designará como Diputado o Diputada de la Plenaria para que actúe como secretario o secretaria accidental de la Sesión correspondiente. Todos ellos entrarán en funciones hasta que sea elegida la Junta Directiva, el secretario o secretaria y el Subsecretario o Subsecretaria de la Asamblea Nacional, los cuales tomarán Posesión de sus cargos, con el Ceremonial de Estilo, en la misma Sesión de Instalación”.

 

Sometido a consideración el orden del día, se procede a la lectura de la propuesta en mesa sobre la elección del presidente o presidenta de la Asamblea; una vez aprobado el nombramiento, el presidente Electo o presidenta Electa de la Asamblea Nacional sube al Estrado Presidencial y recibe la Presidencia de manos del director o directora de Debates.

 

 

El Señor presidente o presidenta de la Asamblea Electo o Electa, con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su mano izquierda y su mano derecha a la altura del hombro derecho, se juramenta ante el cuerpo.

 

Concluido este ceremonial, pide al secretario o secretaria Accidental informar el siguiente punto del orden del día, el secretario o secretaria anuncia la escogencia del Primer vicepresidente y del Segundo vicepresidente; reunidas las propuestas en mesa y la aprobación de los cargos, el Señor presidente de la Asamblea procede a la juramentación respectiva. En ese mismo orden de ideas se procede con el secretario y Subsecretario respectivamente.

 

 

Concluida la ceremonia de Instalación y Juramentación de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, acompañada de parlamentarios se desplazarán desde el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional hasta el portal de salida que da hacia la Fuente Monumental o Pila Escultural, una alfombra roja indicará el camino y se ubicarán en la precedencia respectiva de piso, frente a la unidad de parada y, en posición firme, se interpreta las gloriosas notas del Himno Nacional. Al término del mismo, concluye el ceremonial de rigor, de Instalación Solemne de la Asamblea Nacional para elegir la nueva Junta Directiva, en la República Bolivariana de Venezuela. Así sea.

 

 

Víctor Mendoza Coronado

Comunicador Social CNP 23782.
*Individuo de Numero Sillón 20 de la
Academia Internacional de Ceremonial y Protocolo
(AICP) Sede en Brasil-OICP

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