El 11 de septiembre de 2001, los Estados americanos adoptaron la Carta Democrática Interamericana como un compromiso político y jurídico que los Estados deben respetar. Pero puede haber distintas visiones de la democracia y puede que esa expresión no evoque necesariamente las mismas ideas y preocupaciones. Por eso, a veces se le ha puesto apellidos, que no hacen otra cosa que desnaturalizarla, escondiendo lo que está precisamente en sus antípodas. Así, durante la guerra fría, los países de Europa del Este se autodenominaban democracias “populares”, aunque sus gobernantes nunca contaron con el asentimiento del pueblo y, hace un cuarto de siglo, un presidente de Venezuela —de cuyo nombre no quiero acordarme— definió nuestro sistema de gobierno como una democracia “participativa”, aunque bajo su mandato —y los que le han seguido— los venezolanos nunca fueron partícipes de decisiones públicas que alteraron profundamente sus vidas. Para otros, la democracia no pasa de ser una fórmula matemática para la toma de decisiones, independientemente del contenido de esas decisiones, o del efecto que ellas puedan tener en el bienestar general o en el ejercicio y disfrute de nuestros derechos humanos. Pero la Carta Democrática Interamericana tiene una idea diferente.
En 1991, cuando Chile acababa de recuperar su democracia, en el compromiso de Santiago con la democracia y la renovación del sistema interamericano, los países miembros de la OEA declararon su compromiso indeclinable con la defensa y promoción de la democracia representativa y de los derechos humanos en la región, y manifestaron su determinación de adoptar procedimientos eficaces, oportunos y expeditos, para asegurar su defensa. Por lo menos desde ese momento, se reafirmó la idea de que la democracia es un asunto de legítima preocupación internacional, que hacía indispensable adoptar providencias colectivas para reforzarla y protegerla. Si había un déficit democrático, había que tomar medidas para superarlo.
La Carta Democrática fue una consecuencia inmediata de las heridas sufridas por el Perú en su sistema político, en su democracia y en sus libertades públicas, durante el régimen de Alberto Fujimori. Por eso, aunque muchos se atribuyen su paternidad, ese instrumento fue una iniciativa del gobierno del Perú, particularmente de su entonces embajador en la OEA, Manuel Rodríguez Cuadros, y de Javier Pérez de Cuellar que, siendo su Ministro de Relaciones Exteriores, la impulsó en la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en Quebec, en abril de 2001. La Declaración final de esa Cumbre comienza por anunciar la adopción de un Plan de Acción para fortalecer la democracia representativa, promover una eficiente gestión de gobierno, y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales. Además, en la misma, se advirtió que las amenazas contra la democracia asumían variadas formas y que, para mejorar nuestra capacidad de respuesta, se había instruido a los Ministros de Relaciones Exteriores para que, en el marco de la próxima Asamblea General de la OEA —que se celebraría en Lima, en septiembre de ese mismo año—, prepararan una Carta Democrática Interamericana que reforzara los instrumentos ya disponibles. La declaración de Quebec incorporó una cláusula indicando que cualquier alteración o ruptura inconstitucional del orden democrático en un Estado del hemisferio constituiría un obstáculo insuperable para la participación del gobierno de dicho Estado en el proceso de Cumbres de las Américas.
Los acontecimientos que sirvieron de contexto a la Carta Democrática Interamericana fueron los hechos ocurridos en el Perú, en los años inmediatamente anteriores a su adopción. Se recuerda que, en 1992, dos años después de haber sido electo como presidente del Perú, Alberto Fujimori dio un autogolpe para cerrar el Congreso de ese país, intervenir el Poder Judicial, introducir los tribunales sin rostro, controlar los medios de comunicación social y conferir a los militares amplios poderes para combatir el terrorismo. Gracias a la presión internacional se convocó a un Congreso Constituyente, pero con reglas electorales que favorecían al régimen. A partir de lo aprobado por ese Congreso Constituyente, el 29 de diciembre de 1993, Fujimori promulgó un nuevo texto constitucional, que, entre otras cosas, incorporó la posibilidad de la reelección presidencial inmediata y la pena de muerte para los delitos de terrorismo, entendiendo por tal lo que el régimen decidiera. El régimen de Alberto Fujimori se caracterizó por la violación sistemática de los derechos humanos, incluyendo el uso de la tortura, desapariciones forzadas de personas, masacres y asesinatos de profesores y estudiantes universitarios. Esos fueron los años de la llamada “prensa chicha” —controlada por el gobierno—, utilizada para desinformar y para difamar a los opositores de un régimen que tampoco vaciló en sobornar a algunos dueños de medios de comunicación social, como quedó registrado en las grabaciones de Vladimiro Montesinos. El final de esa deriva autoritaria estuvo marcado por una reelección fraudulenta y por el pretendido retiro del reconocimiento de la competencia contenciosa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos por parte del Perú, con lo que se recortaba el derecho de los individuos a la protección internacional efectiva de sus derechos humanos. Cualquier semejanza con acontecimientos ocurridos en algún otro país del continente no es mera coincidencia.
Ese contexto histórico y político es indispensable para entender el sentido y propósito de la Carta Democrática Interamericana, porque, con ella, eso es lo que se quería evitar que volviera a ocurrir.
Aunque puede haber distintas visiones de la democracia, en la Carta Democrática Interamericana, los Estados estuvieron de acuerdo en un contenido mínimo, que la caracteriza no solo como el mecanismo político por el que elegimos a nuestros gobernantes, sino como el tipo de gobierno que se distingue por el respeto de los derechos humanos. Puesto que se ha observado que las democracias no se declaran la guerra entre ellas, porque, por más intensos que sean los conflictos internacionales, los gobiernos democráticos siempre son capaces de resolverlos por medios pacíficos, el artículo 2 recuerda que la Carta de la OEA reconoce que la democracia representativa es indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región. Esa es otra dimensión de la democracia; pero, en la Carta, el elemento central es la relación entre democracia y derechos humanos.
La Carta parte de la premisa de que la democracia es un valor, que supone que todas las vidas cuentan, que ninguna idea se puede suprimir y que ella es la condición necesaria para el ejercicio de los derechos humanos. Por eso, en la declaración final de Quebec se había puesto de relieve la interdependencia que existe entre la democracia representativa, el Estado de Derecho, el desarrollo económico y social, y el respeto de los derechos humanos. Además, la Carta recuerda que la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y la Convención Americana sobre Derechos Humanos contienen los valores y principios de libertad, igualdad y justicia social que son intrínsecos a la democracia, y reafirma que la protección de los derechos humanos es condición fundamental para la existencia de una sociedad democrática.
Vista desde los derechos humanos, en 1948, el artículo 21 de la Declaración Universal de Derechos Humanos ya había señalado que “la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público”. De allí que, en una primera dimensión, la democracia corresponde al ejercicio de los derechos políticos, porque ella encierra la idea de un gobierno representativo, producto del derecho de toda persona a votar y a ser elegida en elecciones periódicas, libres y secretas. Sin embargo, la democracia no es el mecanismo para elegir a quienes nos van a mandar, sino el procedimiento para escoger a nuestros más altos servidores públicos. La democracia se funda en la idea de que la soberanía reside en el pueblo y que nuestra obediencia al gobierno tiene como fundamento nuestro propio consentimiento; por lo tanto, ella es la forma como nos autogobernamos. Cada vez que votamos, e incluso si decidimos no hacerlo, estamos ejerciendo un derecho humano fundamental: el derecho a participar en el proceso político. Equivocarnos es parte de nuestra liberta; pero, si nos equivocamos, tendremos que esperar un ciclo completo antes de poder optar por un proyecto político distinto. Además, puesto que la búsqueda del bien común es un proceso permanente de ensayo y error, no se puede impedir que, en ejercicio de sus derechos políticos, los ciudadanos de mañana puedan escoger soluciones diferentes de las que hoy nos parecen adecuadas. Pero siempre el límite infranqueable es respetar los derechos de las minorías.
Conviene recordar que el derecho a participar en el proceso político se extiende a “toda persona”, incluyendo tanto a quienes ocasionalmente puedan formar parte de las mayorías como de las minorías. Sin el derecho a participar en el proceso político, los otros derechos humanos podrían ser coartados por el ejercicio arbitrario del poder público; por eso, la Convención Americana sobre Derechos Humanos dispone que los derechos políticos no pueden ser suspendidos ni aun en el caso de circunstancias extraordinarias que amenacen la independencia o seguridad del Estado.
Puesto que, en la Carta, lo que se protege es la democracia “representativa”, la legitimidad en el ejercicio del poder estuvo en el centro de las preocupaciones de sus redactores. En consecuencia, esta se ocupa, entre otros asuntos, de la respuesta del derecho internacional no solo a quienes asumen el poder por medio de la fuerza, sino a quienes desconocen su derrota en una contienda electoral y se niegan a entregar el poder a quienes han sido legítimamente elegidos para ejercerlo. Para los Estados partes, lo que cuenta es que quienes mandan lo hagan por mandato de la voluntad popular, expresada en elecciones libres y periódicas, en las que todos los ciudadanos hayan tenido las mismas oportunidades de participar. Cuando nos independizamos de la metrópoli, decidimos que no queríamos un rey y, desde entonces, la nuestra es una república de iguales; nadie es el dueño del mundo, como para arrogarse el derecho a decidir por nosotros si podemos votar y cuándo están dadas las condiciones para que podamos hacerlo.
Para que pueda funcionar, la democracia requiere, entre otras cosas, de la libertad de expresión y de la libertad de asociación. Libertad de expresión para que cada uno de nosotros pueda manifestar el tipo de sociedad en que quiere vivir, para denunciar la corrupción y los abusos del poder, y para criticar a los que mandan, toda vez que lo considere necesario. Para que haya democracia, es indispensable contar con la libertad de cada cual para asociarse con aquellos con los que tenga proyectos comunes, para unirse en la defensa de sus derechos sindicales o de otro tipo y para asociarse en partidos políticos. La democracia se nutre de múltiples voces y de múltiples partidos políticos. Por eso, poner trabas a la Constitución —o al libre funcionamiento— de los partidos políticos es incompatible con la democracia. Un partido único solo puede coartar nuestra libertad y nuestra imaginación, sometiéndonos a un líder supremo o a un proyecto hegemónico que no represente a las grandes mayorías. Son los partidos políticos quienes tienen la responsabilidad de ofrecernos los distintos modelos de país entre los que podemos escoger. Inevitablemente, esos proyectos podrán oscilar entre lo posible y lo deseable, entre utopías y desvaríos, entre realidades y promesas populistas, entre ideas que compartimos y otras que nos resultan detestables, y que incluso pueden constituir una amenaza para nuestras libertades. Pero la fortaleza de la democracia no radica en perseguir a quienes piensan diferente, sino en la confianza de que, en un régimen de libertades, el bien común siempre logra imponerse.
Por otra parte, si los derechos políticos son las herramientas de que se sirve la democracia, los derechos civiles son su sustancia y su razón de ser. Por eso, la Carta afirma que la democracia es indispensable para el ejercicio efectivo de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Sin democracia, no hay garantía de nuestra vida, de nuestra integridad física o de nuestra libertad personal. Sin democracia no hay Estado de Derecho, no hay independencia de los poderes públicos y no puede haber un debido proceso legal para la determinación de nuestros derechos. Si no hay democracia, los ciudadanos no están siendo tratados como iguales y un sector de la sociedad está siendo discriminado. Los venezolanos lo sabemos.
La Carta recuerda que el respeto de los derechos sociales es otro componente fundamental de la democracia. Eso es una consecuencia de los fines de la sociedad, entre los que sobresale el bienestar general y la seguridad de todos. La Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos han desarrollado en detalle aquellas necesidades básicas que un Estado democrático debe atender y que —en una sociedad democrática— constituyen nuestros derechos sociales. La propia Carta de la OEA, en su artículo 3, proclama que la eliminación de la pobreza crítica es parte esencial de la consolidación de la democracia representativa y que la justicia y la seguridad sociales son bases de una paz duradera. De manera que los estallidos sociales no pueden ser vistos, simplemente, como los actos de individuos desadaptados que alteran la convivencia pacífica, sino como la protesta airada de quienes sienten que no están siendo tomados en cuenta, que sus derechos sociales no están siendo respetados y que no tienen acceso a los beneficios del progreso económico y social.
La democracia y los derechos humanos son elementos que se refuerzan mutuamente. Mientras el respeto de nuestros derechos humanos solo es posible en el marco de una sociedad democrática, una sociedad que no respeta los derechos humanos no es una sociedad democrática. La democracia es la garantía de que todos estén protegidos del ejercicio arbitrario del poder público, incluso si este es la expresión de la voluntad de las mayorías.
Una sociedad democrática es aquella que respeta los derechos humanos, pero, visto lo que ha ocurrido en los países americanos, abrumados, en este último cuarto de siglo, por dictaduras cleptómanas y sanguinarias, por bandas criminales que —en más de un caso— han secuestrado las instituciones del Estado e incluso por algún empresario al que la democracia y el orden público internacional le estorban para hacer negocios, no podemos eludir preguntarnos por el valor del derecho internacional en general y de la Carta Democrática en particular. Quiero creer que el momento que estamos viviendo es solo un paréntesis y que, antes de que se cumplan otros veinticinco años, nuestras sociedades habrán hecho de la Carta Democrática Interamericana una letra viva y no un mero recurso retórico.
Héctor Faúndez









