Foro en la UCAB analiza la nueva Ley de Arrendamiento: Reivindica el derecho de propiedad y la autonomía contractual sin «alcabalas administrativas»

Foro en la UCAB analiza la nueva Ley de Arrendamiento: Reivindica el derecho de propiedad y la autonomía contractual sin «alcabalas administrativas»

La nueva Ley de Régimen Especial de Arrendamiento de Inmuebles destinados a Vivienda —en vigor desde el pasado 7 de agosto de 2026— representa un avance legislativo clave al rescatar el derecho a la propiedad privada y dar primacía a los acuerdos directos entre arrendadores e inquilinos sin intermediación de trabas burocráticas. A esa conclusión llegaron la diputada opositora Diana Rodríguez y los juristas Alfredo Abou-Hassan y Cora Farías durante un foro académico convocado por la Cátedra Libre Andrés Bello de la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB).

El encuentro, moderado por la profesora Mariana Campos Villalba y presentado por el jefe de la cátedra, Ramón Guillermo Aveledo, analizó el impacto del texto legal (publicado en la Gaceta Oficial N.º 7.065 Extraordinario) en medio de la emergencia habitacional generada por los sismos del pasado 24 de junio. Aveledo enfatizó que la legislación en materia de alquileres exige un equilibrio razonable entre la seguridad jurídica que demandan los propietarios y la necesidad social de acceso a la vivienda que requieren los inquilinos en un entorno de alta inflación y restricción crediticia.

Aportes y visiones clave expuestas en el foro de la UCAB:

  • Enfoque legislativo y no discriminación: La diputada Diana Rodríguez (integrante de la Comisión Especial del proyecto de ley) explicó que la norma surgió tras procesar más de 900 propuestas durante julio. Destacó que el texto elimina la intervención administrativa previa de la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda (SUNAVI) para los nuevos contratos y prohíbe explícitamente la discriminación contra personas damnificadas por los terremotos en La Guaira. Aclaró que la ley rige exclusivamente para contrataciones suscritas a partir del 7 de agosto de 2026, mientras que las anteriores continúan bajo el marco normativo de 2011.

  • Análisis jurídico y flexibilización: El abogado procesalista Alfredo Abou-Hassan resaltó que la ley introduce la autonomía de la voluntad de las partes, los procedimientos judiciales breves y la validez de pactar cánones en moneda extranjera. Subrayó que el marco de 2011 imponía un «peaje administrativo» que bloqueaba la ejecución de sentencias a favor de los propietarios, aunque advirtió sobre la complejidad que implicará la coexistencia de dos regímenes procesales distintos.

  • Visión ciudadana y alertas por transitoriedad: La docente y expareja judicial Cora Farías advirtió que el artículo 3 de la ley califica el régimen como «mecanismo complementario y transitorio», lo que genera incertidumbre sobre la permanencia de las garantías para los pequeños propietarios. Cuestionó el limbo legal en el que permanecen las contrataciones del esquema de 2011 que vencen tras la promulgación de la nueva norma.

  • Evaluación de resultados para 2027: Los ponentes coincidieron en que el impacto real de la ley sobre la oferta de alquileres, la clase media, la juventud y los damnificados por los sismos solo podrá medirse a partir del primer trimestre de 2027, cuando se verifique si los tribunales ofrecen soluciones rápidas y si el Ejecutivo dicta los reglamentos complementarios pendientes.

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