EE.UU. flexibiliza sanciones y emite la Licencia 61 para actualizar las telecomunicaciones en Venezuela

EE.UU. flexibiliza sanciones y emite la Licencia 61 para actualizar las telecomunicaciones en Venezuela

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió este viernes 21 de agosto de 2026 la Licencia General N.º 61. La medida autoriza de manera amplia la exportación y reexportación de bienes, tecnología, software y servicios destinados a garantizar el mantenimiento, la actualización y la operatividad del sector de telecomunicaciones en territorio venezolano.

El mecanismo contempla operaciones indispensables para la infraestructura comunicacional que involucren a entidades estatales, incluyendo a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y la Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV). La cobertura abarca servicios de internet, telefonía fija y móvil, transmisión de datos, radio, televisión, agencias de noticias, así como la reparación y tendido de cables submarinos y acuerdos internacionales de roaming.

Garantías jurídicas y reporte obligatorio

La disposición administrativa impone condiciones estrictas para la validez de los contratos suscritos con el Estado venezolano o sus filiales:

  • Jurisdicción legal: Los convenios deberán interpretarse y aplicarse bajo las leyes de una jurisdicción dentro de Estados Unidos.

  • Resolución de disputas: Cualquier procedimiento arbitral o judicial deberá realizarse en tribunales de Estados Unidos, el Reino Unido, Francia o Singapur.

  • Rendición de cuentas: Las empresas bajo jurisdicción estadounidense deberán presentar informes periódicos al Departamento de Estado —el primero a los 10 días de ejecutar la transacción inicial y posteriormente cada 90 días— detallando el valor de los bienes, impuestos pagados y partes involucradas.

Candados financieros y exclusiones comerciales

La OFAC ratificó que la licencia no constituye una flexibilización irrestricta y mantiene prohibiciones clave:

  • Mecanismos de pago: Quedan vetadas las condiciones comerciales no razonables, los canjes de deuda, los pagos en oro y las operaciones denominadas en criptomonedas o tokens emitidos por el Gobierno venezolano, como el Petro.

  • Países restringidos: Se prohíbe de forma expresa cualquier transacción que involucre a personas o empresas constituidas bajo las leyes de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China.

  • Límites operativos: La medida no autoriza la constitución de nuevas empresas mixtas ni el desbloqueo de activos previamente congelados bajo el régimen de sanciones.

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