El Poder Judicial suspendió el fallo que ordenaba el ingreso de los ciudadanos venezolanos a Perú sin la presentación del pasaporte
La jueza del Quinto Juzgado Penal de Lima, Celia San Martín Montoya, concedió la apelación presentada por la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior contra su decisión de anular el requisito de pasaporte para el ingreso de los ciudadanos venezolanos a Perú, y dispuso suspender esa medida hasta que se resuelva la apelación.
El 5 de octubre, la magistrada declaró fundado el hábeas corpus interpuesto por la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) contra la resolución de la Superintendencia Nacional de Migraciones que estableció el pasaporte como requisito para que los ciudadanos venezolanos ingresen al Perú, ordenando revocar esa medida.
Sin embargo, luego de la apelación presentada la semana pasada por Migraciones y el Ministerio del Interior, la jueza San Martín determinó suspender los efectos del citado fallo, que permitió que ciudadanos venezolanos que no contaban con pasaporte ingresaran al Perú.
«Concédase la apelación que se interpone con efecto suspensivo», señala el texto de la notificación, que implica que la eficacia de la sentencia queda suspendida hasta que el juez superior confirme la resolución apelada.
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La decisión de la magistrada fue adoptada el pasado jueves 11 de octubre, pero recién fue notificada a las partes el último lunes 15.
Según datos del Centro Binacional de Atención Fronteriza (CEBAF) Tumbes, desde que empezó a regir el ingreso de los venezolanos sin pasaporte en cumplimiento del fallo inicial de la jueza San Martín, el ingreso diario de migrantes venezolanos se incrementó de 1.300 a 2.000, con tendencia al alza.
Desde entonces, se calcula que más de 18 mil venezolanos han ingresado a Perú, de los cuales se estima que 35% lo ha hecho con su cédula de identidad.
Migraciones dispuso el requisito de pasaporte para ingresar al Perú debido a que las cédulas de identidad venezolanas son altamente falsificables carecen de medidas de seguridad y de verificación en línea, lo que impide garantizar la identidad de sus poseedores, constituyendo un riesgo para la seguridad migratoria del país.
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