La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró «sin lugar» la acción de amparo constitucional interpuesta por diputados del Consejo Legislativo del estado Lara y concejales quienes habían solicitado la repetición de las elecciones a gobernador en la entidad.
La solicitud se basa en la inhabilitación que pesaba contra el candidato de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), Luis Florido.
La sentencia del TSJ publicada en su página web detalla que «en las actas del expediente consta el Oficio número 01-00-372 de la Contraloría General de la República; por el cual remitió al CNE el listado de ciudadanos habilitados para su participación en el proceso electoral».
«Allí se encuentra Luis Florido Barreto; lo que se evidencia que la situación fáctica y jurídica alegada por los accionantes de supuesta violación de derechos constitucionales al sufragio y la participación resulta infundada», sostuvo el Poder Judicial.
Según el TSJ este caso es diferente al de Barinas
En este sentido, los magistrados resaltaron que este caso no guarda correspondencia con el asunto decidido en la sentencia número 079; en la que se ordena repetir las elecciones en el estado Barinas.
«Es improcedente la solicitud cautelar innominada de suspensión del acto de juramentación del gobernador electo en el estado Lara el 21 de noviembre de 2021; por no configurarse la violación de los derechos constitucionales al sufragio y la participación», indicó.
Por último, la Sala Electoral del TSJ aseguró que se mantiene en plena vigencia la consecución del acto de juramentación del gobernador electo en el estado Lara.
El Caso Barinas
El TSJ declaró no ha lugar la solicitud de Freddy Superlano para revisar las sentencias sobre las elecciones por la Gobernación del estado Barinas.