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TSJ avala otra vez renovación del decreto de emergencia económica

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TSJ avala otra vez renovación del decreto de emergencia económica

El Tribunal Supremo de Justicia declaró como constitucional la renovación del decreto de estado de excepción y emergencia económica emitido por el presidente Nicolás Maduro a principios de marzo y que le permite contar con amplios poderes por 60 días más, con lo que completaría dos años y dos meses gobernando de esta manera.

 

 

 

La Sala Constitucional del TSJ publicó en la Gaceta Oficial N° 41.367 la sentencia en la que expone las razones, sobre las cuales decidió avalar esta renovación.

 

 

 

En enero de 2016, tras la instalación de la Asamblea Nacional (Parlamento) de mayoría opositora, el presidente Maduro decretó el estado de excepción y emergencia económica establecido por la Constitución por un lapso de 60 días, prorrogable por otros 60 días. Desde entonces continúa emitiendo el decreto con algunas variaciones cada dos meses, siempre con el aval del máximo tribunal.

 

 

 

“Existe y así ha sido reconocido por el órgano legislativo nacional que se mantiene en desacato a las decisiones de este Alto Tribunal, una situación nacional extraordinaria, vinculada a la materia económica, a la seguridad de la Nación y de los ciudadanos y ciudadanas, a la paz social, que afecta el orden constitucional, lo cual exige la toma de medidas excepcionales y oportunas con la finalidad de lograr el restablecimiento de la situación de normalidad social y, por ende, de normalidad conforme a los valores, principios y fines que proyecta la Constitución”, señala el TSJ en la sentencia.

 

 

 

Agrega el documento que el TSJ estima “ajustado al orden constitucional y por ende procedente, que el Ejecutivo Nacional, constatadas las circunstancias suscitadas y que se mantienen en el espacio geográfico de la República, emplee las medidas amparadas por el decreto bajo estudio, en cumplimiento del deber irrenunciable e ineludible del Estado Venezolano de garantizar el acceso oportuno de la población a bienes y servicios básicos y de primera necesidad, así como el disfrute de sus derechos en un ambiente pleno de tranquilidad y estabilidad, asegurando el derecho a la vida digna.”

 

 

 

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