La Constitución debe ser como ley superior, norma fundamental y pilar del Estado de Derecho, por sobre todo el escudo de nuestras libertades. Nuestra ley superior, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada, por primera y única vez en nuestra historia, por el pueblo directamente mediante la figura del referéndum popular el año 1999, y ratificada de nuevo por el pueblo (caso único en la historia universal) el año 2007, está dotada de una renovada legitimidad. La carta magna, además, es novedosa tanto por los principios y valores que consagra expresamente, como por sus instituciones, inspiradas por el genio político de nuestro Libertador Simón Bolívar. Su función principalísima en el orden jurídico debe ser establecer valores y principios que orienten el comportamiento y las actitudes de los ciudadanos. Cuando no se respetan esos valores y principios, la Constitución languidece, se marchita y muere, triste realidad que padece nuestra Constitución. Ella no pretende solucionar los problemas concretos que sufre una sociedad, aunque sí guiar su solución con base en las acciones de las ramas del poder público gracias a la preeminencia de esos valores y principios, que por ello llamamos fundamentales.
Nuestra Constitución, es conveniente recordarlo, es el producto final y definitivo de un largo proceso de debate en el país que se remonta al año 1989 y concluye con la aprobación de nuestra Constitución el año mencionado de 1999. En ese anchuroso periplo fue consultada la nación en su plural conformación, se presentaron abundantes propuestas de articulado de diversa naturaleza, en un clima libertario, abierto y generoso de recepción de ideas por parte de la Asamblea Nacional Constituyente, cuyo testimonio concluyente lo revela el arduo trabajo de redacción del texto definitivo, tal como se recoge en los tres gruesos volúmenes del diario de debates.
La Constitución debe ser el resultado de un esfuerzo tenaz por la búsqueda del consenso, un consenso no solo político sino también nacional, tal como nos lo muestra el constitucionalismo universal, y de manera patente la traumática historia del constitucionalismo venezolano, donde las constituciones duraderas han sido aquellas donde se desplegó la voluntad consensual de las fuerzas políticas del momento. No vivimos un “momento constituyente”, como algunos han planteado; por el contrario, lo que corresponde es dotar de fuerza normativa a nuestra carta constitucional, independientemente de que en un futuro, bajo un compromiso plural guiado por el norte de la necesaria reconciliación del pueblo venezolano, podamos abordar algunas reformas puntuales del contenido de su articulado.
En suma, ante la pretensión del régimen de llevar adelante una ambiciosa reforma constitucional, sostenemos nuestro rechazo. La propuesta reforma es innecesaria, pues la Constitución ofrece un anchuroso camino por el cual pueden desarrollarse relevantes cambios sin necesidad de modificar su articulado; además de ser inoportuna, pues el clima de división que vive el país conspira contra el ambiente de libertad y debate abierto y deliberativo, donde florezca lo mejor del alma de nuestro pueblo dentro de un espíritu auténtico, que debe inspirar en el futuro una puntual reforma constitucional.
Ricardo Combellas