La Gaceta Oficial número 41.956, de fecha 2 de septiembre del 2020, estableció que se suspende por un lapso de 6 meses “el pago de los cánones de arrendamiento de inmuebles de uso comercial y de aquellos utilizados como vivienda principal“.
En ese sentido, la finalidad es “de aliviar la situación económica de los arrendatarios y arrendatarias por efecto de la pandemia mundial del coronavirus COVID-19″.
Según reseñó el diario El Universal, el documento precisa que tanto el arrendador y el arrendatario “pueden llegar a acuerdos para concretar los pagos y el cumplimiento del contrato”.
Igualmente, si no llegasen a un acuerdo, ambas partes deberán asistir a la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas (Sunavi) y la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (Sundde).
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