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Perú aprueba otorgar permiso de trabajo por un año a venezolanos

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Perú aprueba otorgar permiso de trabajo por un año a venezolanos

Se trata del Permiso Temporal de Permanencia

 

 

Para obtener el Permiso Temporal de Permanencia, se debe haber ingresado a Perú antes del 31 de diciembre de 2018, teniendo como fecha tope el 30 de junio de 2019 para realizar la solicitud.

 

 

Esta aprobación tiene sus consideraciones en diversos puntos, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución Política de la República del Perú

 

 

Para optar al Permiso Temporal de Permanencia en Perú, la persona con nacionalidad venezolana debe ir personalmente a las oficinas de Migraciones que estén destinadas a ello

Por Decreto Supremo número 001-2018-IN, el Gobierno de Perú aprobó los lineamientos para que las personas de nacionalidad venezolana radicadas en el país, puedan optar por un Permiso Temporal de Permanencia (PTP).

 

 

Esta aprobación tiene sus consideraciones en diversos puntos, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Constitución Política de la República del Perú.

 

 

Según el texto, el Ministerio del Interior de Perú, a propuesta de la Superintendencia Nacional de Migraciones (conocido comúnmente como Migraciones), aprobó dichos lineamientos en su Decreto Supremo N° 023-2017-IN, el cual ha estado “beneficiando a miles de venezolanos que han ingresado al territorio nacional a raíz de la crisis humanitaria que atraviesan”.

 

 

Hay que acotar que luego de la entrada en vigencia del decreto, se ha mantenido el ingreso de venezolanos a territorio peruano y según estimación de Migraciones, “superan las ocho mil personas mensualmente”.

 

 

Puntos importantes

 

 

 

Para obtener el Permiso Temporal de Permanencia, se debe haber ingresado a Perú antes del 31 de diciembre de 2018, teniendo como fecha tope el 30 de junio de 2019 para realizar la solicitud.

 

 

Asimismo, la persona debe estar en el país en una condición migratoria irregular, que nace debido al vencimiento de autorización de permanencia o residencia, o en su defecto, condición migratoria regular. Se debe destacar que el aspirante al PTP no debe poseer antecedentes penales, policiales o judiciales, a nivel nacional e internacional.

 

 

Dicha solicitud es de carácter personal, como lo establecen los lineamientos, y el interesado debe presentar ante Migraciones la constancia de la cita electrónica, una copia del pasaporte o la cédula de identidad, el pago de 41.90 soles para el trámite, la declaración jurada de no poseer antecedentes penales y la ficha de Canje Internacional (solo para mayores de edad con derechos y obligaciones de índole civiles).

 

 

En caso de que sea un menor de edad el que quiera optar por el Permiso Temporal de Permanencia, se debe presentar la partida de nacimiento apostillada (en caso de tenerla así) o una declaración jurada de autenticidad del documento.

 

 

Este permiso tiene la duración de un año y con él, los radicados en Perú pueden laborar formalmente, puesto que Migraciones se contactará con el Ministerio del Trabajo y Promoción de Empleo para liberar al beneficiado con el PTP de restricciones de carácter laboral.

 

 

El Permiso Temporal de Permanencia se pierde si la persona dura más de 183 días consecutivos o alternados fuera del territorio peruano, sin la previa autorización de Migraciones.

 

 

Procedimiento para optar por el PTP

 

 

Para optar al Permiso Temporal de Permanencia en Perú, la persona con nacionalidad venezolana debe ir personalmente a las oficinas de Migraciones que estén destinadas a ello y presentar todos los documentos mencionados

 

 

 

Luego de esto, la instancia gubernamental procederá a registrar todos los datos del ciudadano en el sistema, derivando el expediente para su calificación.

 

 

 

Una vez que Migraciones haya evaluado a la persona, se emitirá una resolución administrativa que tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles. Ya con este documento, Migraciones se dispondrá a emitir el carnet de Permiso Temporal de Permanencia correspondiente del ciudadano que lo haya solicitado.

 

 

EU
JESÚS A. HERRERA S.

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