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Nadie gobierna

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Nadie gobierna

Nunca se aplicó el régimen de las faltas temporales, cuando está más que justificado y su procedencia es irrefutable. El Presidente está incapacitado para gobernar y su ausencia por casi tres meses es evidente. No se aplicó dicho régimen de la falta temporal, porque transcurría el plazo de 90 días para que eventualmente aplicara el régimen de las faltas absolutas. No quieren reconocer la realidad de la situación que justifica el régimen constitucional de las faltas. No suficientemente con estas irregularidades, el Presidente electo nunca ha tomado posesión de su cargo; sin embargo, el gobierno anterior, cuyo mandato está fenecido, continúa en ejercicio inconstitucionalmente, y, para colmo, se nos engaña cuando el Presidente dicta actos de gobierno con una firma dudosa y desde Miraflores, cuando todos sabemos que estaba en Cuba. Los decretos emanados de la presidencia serían nulos, de nulidad absoluta.

 

En definitiva, el Presidente no gobierna; no puede en términos reales. En términos constitucionales, al Presidente se le feneció su mandato y no toma posesión del nuevo; por lo tanto, no se le puede considerar en funciones de gobierno. El vicepresidente, constitucionalmente hablando, no ha asumido la presidencia, ni pudiera asumir funciones de presidente.

 

Partiendo de todo ello, no hay quien presida formal y jurídicamente un Consejo de Ministros, con lo cual no se pueden dictar válidamente actos de gobiernos emanados de ese cuerpo colegiado. No hay quien dirija la política exterior, ni comande la FAN, ni ascienda la oficialidad, ni administre la hacienda pública, ni nombre o despida ministros, ni quien decrete estados de excepción, por mencionar algunas decisiones de gobierno. Además, los ministros de un gobierno cuyo mandato feneció, presentaron memoria y cuenta ante la AN. El desastre continúa.

 

gfernandez@cjlegal.net  // RJSB

Por Gerardo Fernández

Fuente: EU

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