Una juez de la Audiencia Nacional rechazó este martes citar a declarar al presidente venezolano Nicolás Maduro, en la causa en la que investiga el presunto blanqueo de capitales en España de los beneficios ilícitos derivados de la corrupción, muchos de ellos procedentes de la petrolera estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa).
La juez María Tardón desestimó la solicitud del que fue viceministro de Desarrollo Eléctrico de Venezuela, Javier Alvarado Ochoa, para que se citara a declarar como testigos o como investigados, en el denominado caso Pdvsa, tanto a Maduro, como a César Rincón, este último exdirectivo de dicha compañía y de la filial Bariven, refirió el portal El Español.
La magistrada consideró que la referencia vaga, imprecisa e injustificada de que ambas declaraciones se realicen como testigos o investigados, es evidencia que de ellas no se pueda obtener ninguna información relevante para el adecuado esclarecimiento de la actividad delictiva en este procedimiento. También apuntó que no son ni útiles ni necesarias para el esclarecimiento de los hechos.
Desestiman solicitud de Javier Alvarado
Además, explicó que el caso Pdvsa se ha dividido en cuatro piezas debido a la dilatada y extensa instrucción de la causa, que se ha convertido en verdaderamente inmanejable, y que se centra en la posible comisión del delito de blanqueo de capitales, por parte de los investigados, para el ocultamiento y lavado de los beneficios ilícitos derivados de diversas conductas de corrupción cometidas por funcionarios o empleados de la administración y organismos públicos venezolanos, así como por los empresarios contratados.
Por otra parte, la resolución desestimó la solicitud de Alvarado Ochoa para que se pidiera nueva documentación a Pdvsa, por considerarse que se refiere a hechos que no son objeto de la investigación y que, a tenor de la comisión rogatoria ejecutada por Venezuela, son objeto de procedimientos seguidos en el país contra algunos de los investigados, entre ellos el solicitante.
En un último auto, la magistrada acordó el sobreseimiento provisional y archivo de María Lila Bravo de Rincón. La magistrada consideró que los escritos de las acusaciones no concretan directamente o indiciariamente ninguna actuación personal concreta más allá de la imputación o, en su caso, por ser esposa o madre de dos los investigados y sus empresas, en las que tampoco se evidenció titularidad o participación alguna.
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