Tres artículos de la Constitución fueron violados. Lo hizo el Ejecutivo con la medida de expropiación y desalojo de los galpones de Empresas Polar y otras firmas ubicados en terrenos de La Yaguara, en Caracas, en un procedimiento apartado del marco legal venezolano, advirtió el presidente saliente de la Cámara de Comercio de Valencia, Gustavo Sosa Izaguirre.
El derecho a la propiedad privada y la libertad de empresa, trabajo y comercio consagrados en los artículos 115 y 112 no fueron tomados en cuenta. Tampoco se cumplió con la sentencia firme del Tribunal Supremo de Justicia que debe imperar en estos casos y que dicta también el 115 y reitera el 116. El pago previo de indemnización es otro aspecto que fue obviado.
El Ejecutivo no está facultado para expropiar. “Puede hacer una solicitud. Pero es el poder judicial el que tiene la competencia constitucional para hacerlo.” Sosa Izaguirre resaltó que el modelo intervencionista y controlador del Gobierno trae como consecuencia que mil 500 trabajadores directos de Polar y más de cuatro mil indirectos queden en la calle.
Esta situación afecta normal funcionamiento de una empresa que garantiza a Venezuela el 48% del suministro de los productos básicos. Más del 50% de la producción de alimentos la tiene el Ejecutivo nacional haciendo uso de las expropiaciones,” y hoy no garantizan abastecimiento al país porque tampoco se consiguen en los anaqueles nada de las marcas Diana, La Lucha ni Lácteos Los Andes”.
TSJ tomará decisión
La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) decidirá si ratifica o anula el decreto sobre los terrenos ubicados en La Yaguara, donde funcionan “importantes” depósitos de alimentos de Empresas Polar, “pero el Gobierno proyecta construir viviendas”, según reseñó El Nacional.
Fuente: El Carabobeño/El Nacional