La presión que el mandatario estadounidense, Donald Trump, ejerce a su homólogo ucraniano, Volodímir Zelenski, para que celebre elecciones pese a que el país se encuentra inmerso en pleno conflicto con Rusia se percibe como una coacción que, de materializarse, presenta unas consecuencias políticas inciertas.
Ucrania debería haber celebrado sus últimas presidenciales en 2024, pero tuvo que aplazarlas ‘sine die’ ya que su legislación prohíbe votar en tiempos de guerra.
No obstante, el pasado 9 de diciembre, el líder ucraniano dijo estar dispuesto a impulsar una reforma legal para poder organizarlas sin necesidad de que termine la ofensiva, siempre que EE.UU. y los aliados europeos de Kiev garanticen la seguridad del proceso.
Las dudas de los analistas
Para Rafael Santiago Orti, doctor en Economía y Relaciones Internacionales y profesor en la Universidad Complutense de Madrid, los principales desafíos en un contexto así radican en garantizar la seguridad de los electores y en superar los obstáculos materiales que afrontaría su logística.
El también analista del centro de pensamiento Minerva Institute considera necesaria la intervención de un árbitro o mediador que vele por su fiabilidad y veracidad. «Es imprescindible la colaboración y respeto de los países implicados en el contencioso», añade en una entrevista con EFE.

Pablo del Amo, investigador para Política Exterior del Real Instituto Elcano, cree que Washington busca esos comicios para «cerrar el conflicto lo antes posible»: «No quiere involucrarse más y una forma para lograr sus objetivos es presionar a la parte más débil».
Celebrar elecciones en tiempos de guerra, recalca, favorecería la debilidad del gobierno y perjudicaría la unidad nacional. «Uno de los temas clave va a ser la propia deriva de la guerra. La realidad es que no ha ido bien para Ucrania y eso va a aumentar las divisiones y, seguramente, la desconfianza en las instituciones y la democracia».
Diferencias en el calendario electoral internacional
Ucrania no es el único país que permite el aplazamientos de unos comicios en casos excepcionales, como una guerra o emergencia nacional.
Según la Constitución de Italia, la Cámara de Diputados y el Senado se eligen por un período de cinco años y su mandato no puede prorrogarse «salvo por ley y únicamente en caso de guerra». Es decir, no se impiden las elecciones, pero se prevé la posibilidad de prorrogar la legislatura, evitándolas «en circunstancias excepcionales» que pudieran alterar la voluntad popular.
Alemania es otra de las naciones donde mientras dure el «estado de defensa» no se pueden disolver las cámaras. De expirar el mandato del presidente en ese periodo, el jefe de Estado solo dejaría de serlo nueve meses después de que se terminara dicho estado.

En España, la Constitución no menciona la celebración de elecciones en tiempos de guerra, tan solo prohíbe emprender reformas constitucionales. Sin embargo, en su artículo 116 prohíbe la disolución de la Cortes en un estado de alarma o de excepción y, lo lógico, es que en una guerra se declare tal estado.
En Serbia, país involucrado en varias guerras en la antigua Yugoslavia en los años 1990, está prohibido convocar y celebrar elecciones parlamentarias y presidenciales durante una guerra o estado de emergencia. Esos comicios, no obstante, deben tener lugar como máximo tres meses después del final del conflicto o de la emergencia.
Aunque la Constitución y las leyes electorales actuales de Croacia —que entre 1991 y 1995 estuvo en guerra por su independencia de la antigua Yugoslavia— no contienen una prohibición explícita, en caso de guerra o estado de emergencia pueden aplicarse disposiciones legales relacionadas con la seguridad pública y el orden que podrían afectar su organización, como restricciones a reuniones públicas.
Las dos guerras mundiales
En Turquía, el Parlamento sí puede decidir aplazar los comicios. Su Constitución establece que, en caso de conflicto, las elecciones pueden ser pospuestas un año, prorrogable si continúa la guerra. El presidente por sí solo no tiene autoridad para tomar esa decisión.
En Suiza, ni la Constitución ni la ley electoral federal contemplan la suspensión de elecciones.
En las dos contiendas mundiales (1914-1918 y 1939-1945), el país, neutral en ambas, celebró comicios y referendos con su regularidad habitual, si bien es cierto que en los comicios federales de octubre de 1939 la excepcionalidad del momento provocó que algunos cantones presentaran sólo un candidato, elegido sin necesidad de voto.
El Reino Unido sí retrasó sus comicios durante ambos conflictos. Estados Unidos, en cambio, nunca ha modificado una convocatoria como consecuencia de una guerra, pandemia u otra crisis de peso. El Congreso es quien tiene la potestad de determinar la fecha o cambiarla.
Pese a la presión de Washington, el experto del Real Instituto Elcano ve «bastante difícil» que en Ucrania haya en estos momentos «unos parámetros mínimos» que permitan unos comicios. «No tiene la infraestructura», concluye alertando sobre la posibilidad de que puedan depositar su papeleta grupos directamente implicados y afectados por la lucha: los soldados y los refugiados. EFE









