La Comisión Interamericana de Derechos Humanos resolvió este miércoles conceder medidas cautelares en favor de Joel García, abogado defensor de DDHH en Venezuela, sobre quien alertaron está en “situación de gravedad y urgencia” dado que su vida e integridad enfrentan “un riesgo de daño irreparable”.
La Comisión afirmó que García, vicepresidente de Fundación Defensa de los Derechos Humanos en Venezuela (Fundeci), ha estado “sufriendo amenazas y agresiones relacionadas con su trabajo en defensa de personas consideradas “presos políticos” en Venezuela”.
En ese sentido, la Cidh dijo que el Estado venezolano “no proporcionó información que permita determinar que los factores de riesgo identificados se hayan mitigado debidamente”.
“Tras analizar la información presentada por la parte solicitante, la Comisión valoró los aspectos de riesgo como el hecho de que ha sido objeto de persecuciones y amenazas, como incidentes en el Palacio de Justicia, la falta de implementación de medidas de protección efectivas y la situación particular de vulnerabilidad, dado el contexto de hostilidad en el país contra personas que son defensoras legales”, relató el organismo mediante un comunicado.
Frente a tal situación, la Comisión solicitó Venezuela adoptar “las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Joel García, de acuerdo con los estándares y obligaciones internacionales aplicables, incluidos los actos de riesgo atribuibles a terceros”.
Asimismo, pidió que se implementen “las medidas necesarias para que el beneficiario pueda desarrollar sus labores como abogado defensor sin ser objeto de actos de intimidación, amenazas u otros hechos de violencia en el ejercicio de estas”. También requirieron que “concierte las medidas a adoptarse con el beneficiario y sus representantes”.
Finalmente, solicitaron al gobierno venezolano informe “sobre las acciones adelantadas a fin de investigar los hechos alegados que dieron lugar a las presentes medidas cautelares y así evitar su repetición”.
“El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento alguno de una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables”, puntualizó la Cidh.
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