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Alcaldes y concejales entrantes y salientes deben apegarse a la Ley de Emolumentos, recordó la CGR

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Alcaldes y concejales entrantes y salientes deben apegarse a la Ley de Emolumentos, recordó la CGR

La Contraloría General de la República hace un llamado a los alcaldes y concejales entrantes y salientes a que se apeguen a los límites razonables correspondientes al pago de emolumentos, pensiones, jubilaciones y demás beneficios sociales de carácter remunerativo o no, establecidos en la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios del Poder Público.

 

El máximo organismo contralor venezolano realiza este señalamiento en virtud de las competencias específicas atribuidas por la citada norma en materia de seguimiento e imposición de sanciones en caso de incumplimiento de los dispositivos previstos en ella.

 

La CGR ha expresado reiteradamente su opinión en cuanto al ámbito de aplicación de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias Del Poder Público, la misma puede ser consultada en el portal web www.cgr.gob.ve, específicamente en el menú correspondiente a la base normativa, sección Circulares.

 

Por otra parte, la Contraloría General de la República le recuerda a las autoridades locales mencionadas anteriormente que deben cumplir con el trámite de presentar la Declaración Jurada de Patrimonio (DJP) a través del portal web de la CGR, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 de la Ley Contra la Corrupción, dentro de los treinta (30) días siguientes a la toma de posesión de sus cargos y dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha en la cual cesen en el ejercicio de empleos o funciones públicas y, en derivación de este deber, presentar ante la Dirección de Recursos Humanos de la respectiva Alcaldía o Concejo Municipal, el comprobante que a tal efecto expida el sistema para la presentación de la DJP en formato electrónico, en el que se acredite haber dado cumplimiento a la mencionada obligación para poder recibir los pagos o liquidaciones de prestaciones que pudieran legalmente corresponderles.

 

Fuente: Agencias

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