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Ya en Gaceta decreto de reconversión monetaria

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Ya en Gaceta decreto de reconversión monetaria

El decreto de la reconversión monetaria anunciado por el presidente Nicolás Maduro fue publicado en la Gaceta Oficial N° 41.366 y agrega, entre otras disposiciones, que a partir del 1ero de mayo, los precios y cantidades deben expresarse en bolívares y bolívares soberanos.

 

 

 

“A partir del 4 de junio de 2018, se reexpresa la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a mil bolívares (Bs. 1.000) actuales. El bolívar resultante de esta reconversión, continuará representándose con el símbolo “Bs.”, siendo divisible en cien (100) céntimos. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre mil (1.000)”, señala el artículo 1 del decreto con fecha 22 de marzo de 2018.

 

 

 

El documento contiene 11 artículos y cinco disposiciones transitorias, que abarcan la mayoría de los puntos expuestos por Maduro el pasado jueves.

 

 

 

“A partir del 1° de mayo de 2018 y hasta que el Banco Central de Venezuela mediante Resolución disponga otra cosa, todos los instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios así como otros que expresen importes monetarios, emplearán en su referencia tanto la unidad de cuenta previa a la reexpresión, como la resultante de esta última”, señala la disposición transitoria número dos.

 

 

 

Esto implica que los precios, recibos, estados de cuenta, etc. deben mostrar los montos en las dos formas, por ejemplo, Bs 1.000 / Bs.S 1.

 

 

 

La misma disposición transitoria agrega que “a partir del 4 de junio de 2018 y hasta que el Banco Central de Venezuela mediante Resolución establezca lo contrario, las obligaciones de pago en moneda nacional deberán indicar que se denominan en la nueva unidad mediante la expresión ‘Bolívares Soberanos’ o el símbolo Bs.S”.

 

 

El decreto ratifica en su primera disposición transitoria la desmonetización de los billetes y monedas emitidos antes de la reconversión, es decir, que desde el 4 de junio no tendrán ningún valor ni podrán ser cambiados.

 

 

 

Por otro lado, se encarga al BCV la publicación de resoluciones que regulen temas como el redondeo, así como todo lo demás necesario para llevar adelante el proceso de cambio.

 

 

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