Históricamente la defensa de activos en el extranjero ha sido un terreno de pulso político y legal.
Históricamente no sería la primera vez que EEUU utiliza la doctrina de la intervención limitada bajo la figura de narco-amenaza para ponerle punto final a regímenes autoritarios y fallidos. Ocurrió en Panamá en 1989 con la captura de Manuel Antonio Noriega. Hoy el régimen de Caracas encarna una figura similar: un hombre acusado de narcoterrorismo, sancionado, aislado, pero con poder interno sostenido en las armas, el petróleo y el oro.
La gran pregunta es si el segundo mandato del Presidente Trump reactivaría esta agenda y llevaría a Venezuela a un punto de quiebre político, donde la presión internacional—militar, judicial y financiera— obligue a una transición o a un colapso negociado.
En otro sentido se ha emprendido una injusta disputa judicial por CITGO. Un activo Venezolano valorado por 18 billones de dólares, donde fondos buitres, acreedores filosos, laudos arbitrales desproporcionales tratan de hacerse de décadas de esfuerzo corporativo, altísima gerencia y orgullo patrio, que quedarían borrados de un plumazo, por un alter ego que no lo es y artificios litigiosos no equitativos.
La Casa Blanca en aras de favorecer la transición política en Venezuela, reconociendo a Citgo como un activo inmune y estratégicamente fundamental para el relanzamiento de una democracia moderna, tiene la palabra [y el poder] para evitar un injusto remate, un mal precedente.
El juicio de Delaware vs. Citgo como instrumento de transición política
Citgo Petroleum Corporation, filial de PDVSA en EE.UU, no es simplemente una empresa de refinación y distribución de combustibles.
Para Venezuela, se ha convertido en un activo puente entre un presente crítico y un futuro de reconstrucción democrática. Estratégicamente sería: i.-Fuente de financiamiento, generando flujos de caja que sirvan como capital inicial para planes de estabilización macroeconómica y programas humanitarios en una transición; ii.- Garantía de confianza internacional: a diferencia de activos bajo control de Chávez-Maduro, Citgo en un nuevo marco político-económico y en jurisdicción estadounidense, ofrece capacidades y transparencia para negociar con acreedores multilaterales y gobiernos; iii.- Capital político y humano: Citgo es una bandera de legitimidad de rescate republicano y un punto de apoyo para el relanzamiento del país. Maria Corina, Edmundo González, la alta gerencia de CITGO y sus trabajadores [representantes de una Venezuela educada y honesta] son el pilar de la alegría que viene.
Países en transición como la Polonia post-comunista o la Sudáfrica post-apartheid, se apoyaron en activos estratégicos en el extranjero para atraer financiamiento y confianza. Para Venezuela, Citgo cumplirá ese rol […] El juez Leonard Stark, a cargo de la Corte responsable de ejecutar el remate de acciones de PDV Holding en CITGO, se ha vio obligado a diferir la audiencia de venta forzosa [prevista para el 18 de Agosto 2025], lo cual abre una rendija de esperanza para la defensa de Citgo. Las causas son complejas. Una nueva oferta [no-solicitada] por el acreedor Amber Energy, apoyado por Red Tree, vehículos litigiosos de Fondos Filiales cazadores de deudas impagables [Contrarian y Elliotts].
La nueva oferta no solicitada [Amber Energy] es por 8.821 millones de dólares, que incluyen 2.857 millones de dólares para pagar bonistas 2020 [poseedores de una garantía del 50.1% de las acciones de CITGO cuya legalidad aún se debate en la Corte del Distrito Sur de NY]. A esta apuesta no solicitada presentó objeción el consorcio que lidera Gold Reserve/empresa que había obtenido preferencia en la subasta. Además no cesan las presiones políticas y la sombra de las sanciones de la OFAC que limitan cualquier transferencia sin licencia expresa del Tesoro norteamericano.
En este contexto, la administración norteamericana podría activar mecanismos de tutela. i.-Reforzar las licencias de la OFAC que prohíban cualquier venta de Citgo a acreedores extranjeros sin un acuerdo político con la oposición venezolana; ii.-Argumentar bajo el acta FSIA (Foreign Sovereign Immunities Act) y precedentes como Bancec, que los activos de Citgo al ser parte de una empresa estatal estratégica, no deben ser tratados como simples bienes embargables, al tiempo de aplicar la Ley de Delaware [argumento aún pendiente de debatir en Cortes superiores] que ordena que una empresa Alter Ego sólo es ejecutable de un supuesto otro yo, si actúa bajo fraude; iii.-Postergar indefinidamente el remate hasta que exista un acuerdo político que resuelva la deuda externa venezolana en bloque, evitando un desmembramiento caótico de activos.
Históricamente la defensa de activos en el extranjero ha sido un terreno de pulso político y legal. Basta recordar el caso argentino con YPF/Petersen aún en disputa en NY y en el cual la Casa Blanca presentó respaldo al Gobierno Argentino, para evitar su remate. Las cortes norteamericanas han considerado los precedentes sobre inmunidad y levantamiento del velo corporativo Recientemente la Corte Del Distrito Sur de NY, el 1ro. De Julio 2025, desestimó la aplicación de la Doctrina Alter Ego entre PDVSA y su filial estadounidense PDV Holding [PDVH]. El tribunal reafirmó la independencia corporativa entre PDVSA y PDVH. Aunque no es vinculante a Delaware sí da cuenta de las contradicciones de criterios, y de la inequidad con la que CITGO sería ejecutada.
Citgo se debate en un tablero más complejo porque converge la crisis humanitaria, la presión geopolítica y el interés directo de Washington en no entregar el activo más importante de Venezuela en su suelo. Venezuela se encuentra en una encrucijada con dos dimensiones paralelas pero íntimamente relacionadas: 1.-El presidente Trump y su presión internacional por considerar a Venezuela como un Estado fallido que amenaza la seguridad continental y la propia y 2.-La batalla por Citgo que se convierte en la última frontera de defensa patrimonial, donde la geopolítica, la inmunidad de empresas soberanas y el derecho internacional se entrelazan, teniendo la Tesorería Norteamericana un peso definitivo en la balanza.
Citgo: Un activo estratégico rodeado de fondos buitres.
Los acreedores en Delaware—entre ellos Elliott Management (a través de su vehículo Amber Energy) y Contrarian (a través de Red Tree)— son paradigmas de los llamados fondos buitres. Su modelo de negocio consiste en adquirir deuda en default a bajo precio y litigar hasta obtener ganancias extraordinarias mediante embargos y remates.
Ética y políticamente, el caso venezolano presenta una diferencia crucial frente a otros litigios: 1.-Origen ilegítimo de la deuda: gran parte de los reclamos provienen de contratos y emisiones bajo los gobiernos autoritarios de Chávez y Maduro que actuaron sin aprobación democrática ni control institucional. Ejemplo: los Bonos PDVSA 2020, emitidos con Citgo como garantía, considerados inconstitucionales al no haber sido aprobados por la Asamblea Nacional de 2016. 2.-Crisis humanitaria: la liquidación de Citgo privará al país en ruinas de su último recurso estratégico para financiar medicinas, alimentos y reconstrucción. Se trataría de un embargo indistinguible del saqueo de bienes públicos en medio de una catástrofe humanitaria 3.-Impacto político: entregar Citgo a los fondos de elevada especulación, implicaría despojar a la oposición de su principal carta de negociación y fortalecer indirectamente al régimen de Maduro, que alegaría que “la oposición perdió el único activo que decía defender”.
En términos éticos, Citgo no puede ser tratada como una mera mercancía financiera: es un patrimonio de transición y saneamiento.
Hemos hablado de la OFAC y órdenes ejecutivas donde la Tesorería puede emitir licencias que prohíban el remate o transferencia de acciones de Citgo a acreedores privados, alegando que se trata de un interés estratégico para la seguridad nacional de EE.UU. La Doctrina del narco-Estado que considera que el gobierno de Venezuela no es un deudor ordinario, comercialmente legítimo ni capaz de obligar a la nación por considerarlo un régimen sub judice y prófugo de la justicia, abre la puerta a excepciones en la ejecución de sentencias civiles, al considerar que el activo responde a una política de seguridad internacional y no sólo a un pasivo comercial.
Somos partidarios de un acuerdo político tutelado. Es aquí donde la presencia activa de Machado y González [como Presidente electo reconocido por EE UU] tiene un rol fundamental. Washington puede impulsar un standstill de acreedores (congelación temporal de reclamos) bajo el argumento que cualquier negociación debe ser parte de un paquete de reestructuración integral de la deuda venezolana, coordinado con un gobierno de transición.
Debemos insistir que la Corte Suprema de EE.UU estableció [precedente Bancec 1983] que aunque las filiales de empresas estatales pueden ser responsables de deudas soberanas en ciertos casos, también se reconoce que el interés público norteamericano prevalece sobre la liquidación automática. El Presidente Trump podría apoyarse en este precedente para reforzar la inmunidad funcional de Citgo. Igualmente una acción reciente ante esta Corte Suprema de Justicia de EEUU denuncia la existencia de vicios procesales graves, donde acreedores adjudicatarios de Delaware deben explicar por qué habiendo obtenido pagos, celebrado acuerdos con el gobierno venezolano [que desconoce EEUU] y restituciones, aún participan del remate.
El Presidente Trump ha venido manejando una narrativa de lucha contra el comunismo y el narcotráfico internacional. La defensa de Citgo simboliza no sólo una “protección a Venezuela” sino una defensa del interés energético de EEUU frente a China, Rusia, Irán, Cuba, India y Brasil.
Citgo no es una piñata.
Citgo no es un simple activo en disputa. Decíamos, es el último puente entre Venezuela y su reconstrucción, un símbolo de resistencia democrática y una pieza de interés estratégico para EEUU. El desenlace dependerá si Washington decide ver a Citgo como un simple litigio mercantil o como lo que realmente es: un instrumento de transición política que podría marcar la diferencia entre la perpetuación del régimen o la posibilidad de reconstruir una nación en ruinas.
Como comentamos, una nueva incidencia procesal en Delaware ha aplazado la audiencia prevista para decidir la venta forzosa de Citgo [18/08/2025]. Una oferta de valor que supera la anterior apuesta de Gold Reserve [ver up supra] ha obligado al Juez Leonard Stark a diferir el evento, considerando: i.- Abrir una nueva ronda de apuestas; ii.- Continuar con la oferta de Gold Reserve; iii.- Considerar la nueva oferta de Amber Energy [8.821 millones de dólares]; iv.-Decretar una nueva audiencia de valoración, descubrimientos y evaluación de metodología de la liquidación forzosa de CITGO. La audiencia fue diferida para Septiembre [15-18] u Octubre [20-23] de 2025 .
Confiamos que los factores políticos, jurídicos, estratégicos y humanitarios-sic-, prevalecerán para conservar un activo que no es un botín, que no es responsable de acreencias no vinculantes; que no ha incurrido en fraude, ni responde a un alter ego para evitar pago de deudas impropias.
La Casa Blanca tiene el testigo, la cualidad, el interés y los argumentos de seguridad nacional y continental para impedir que se materialice una histórica injusticia, como lo sería un vergonzoso e inconveniente despojo de Citgo.
Orlando Viera-Blanco
@ovierablanco