Este domingo casi 37 millones de ciudadanos españoles acudirán a las urnas para elegir a sus representantes en las Cortes Generales.
Estos comicios, que llegan después de un adelanto electoral anunciado por Pedro Sánchez tras las elecciones municipales y autonómicas del 28M, decidirán cómo se conforma el gobierno de España durante los próximos cuatro años.
La Ley Orgánica, que establece las normas de los comicios, precisa que son 15 días de los que disponen los candidatos de los diferentes partidos políticos para hacer campaña electoral.
Asimismo, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General establece que la campaña comienza el día 38º justo después de la convocatoria de las propias elecciones. Esa normativa determina la obligatoriedad de la llamada jornada de reflexión.
Dicho lapso comenzó a las 23:59 horas del pasado viernes 21 de julio al finalizar la campaña electoral. Como su nombre indica, tiene como objetivo que los ciudadanos dediquen tiempo a pensar a quién irá su voto al día siguiente.
Bajo esta norma, desde las 00:00 del sábado 22 de julio y hasta el comienzo del día electoral, los partidos políticos que presentan candidatos para las elecciones autonómicas o municipales tienen prohibido, por ley, llevar a cabo actividades de campaña electoral. El artículo 53 indica que «no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral una vez que ésta haya legalmente terminado».
UR