La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó al Consejo Nacional Electoral (CNE) que deje sin efectos las postulaciones que, en representación de la organización con fines políticos denominada «Independientes por la Comunidad Nacional» (Ipcn), fueron realizadas por el ciudadano José Antonio González, según se lee en la sentencia 1.189.
El Ipcn es de tendencia progubernamental
De igual forma los magistrados de la Sala Constitucional informaron al CNE que solo podrá recibir postulaciones realizadas en nombre de la mencionada organización política, que sean presentadas de manera conjunta por todos los integrantes de la Junta Directiva Nacional Consultiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de los estatutos de la referida organización.
Esta decisión responde a un amparo interpuesto por dos directivos del Ipcn: José Ramón Zacarías y Atilano Contreras Rodríguez. Argumentaron que para sorpresa de ellos, la persona que tiene la clave para postular candidatos a nombre de Ipcn es José Antonio González, ciudadano que ya no tiene vinculación alguna con ese partido.
Por eso, solicitaron al TSJ que les active la clave para postular candidatos a ellos (Zacarias y Rodríguez) y anule las ya inscritas por González, petición que fue acordada por los magistrados de la Sala Constitucional del máximo tribunal del país.
Fuente: ÚN