El Tribunal Supremo de Justicia en el exilió declaró que las personas que obedezcan la orden de Nicolás Maduro de impedir el ingreso de ayuda humanitaria este 23 de febrero podrían incurrir en delitos de lesa humanidad contra los venezolanos.
El máximo órgano judicial exhortó a Maduro a realizar todas las acciones y utilizar todos los recursos materiales y humanos, “para instrumentar inmediatamente, sin dilación alguna y de forma prioritaria, la gestión con los organismos internacionales y multilaterales para hacer efectivo la implementación de un Canal Humanitario de Ayuda para Venezuela”
Asimismo por medio de esta sentencia autorizó la conformación de una coalición de países (Colombia – EEUU -Brasil – Chile – Argentina- países de Europa) para que contribuyan en la apertura de un canal internacional de ayuda humanitaria, lo cual ha sido solicitado por el presidente interino designado por la AN, Juan Guaidó.
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