La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró inadmisible un amparo interpuesto por el abogado Julio Alejandro Pérez Graterol, para reanudar la recolección del 20% que busca la activación del referéndum revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.
La sentencia que publicada este jueves en el portal web del TSJ, establece que procede como inaceptable por “inepta acumulación de pretensiones”, según lo señalado en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil.
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