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TSJ declara sobreseimiento en causa de malversación contra Diosdado Cabello

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TSJ declara sobreseimiento en causa de malversación contra Diosdado Cabello

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar la solicitud de sobreseimiento planteada por la fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, de la causa iniciada con ocasión de una denuncia formulada el año 2009 ante el Ministerio Público por el procurador del estado Bolivariano de Miranda, Rafael Guzmán Reverón, contra Diosdado Cabello Rondón, por la supuesta comisión del delito de malversación durante su desempeño como gobernador de la mencionada entidad.

 

Según denunció Guzmán, el entonces gobernador Diosdado Cabello acordó la realización de una transferencia a favor del Servicio Autónomo Fondo Nacional de los Consejos Comunales (Safonacc) por la cantidad de Bs. 150.000.000, lo cual efectuó -a juicio del demandante- sin soporte documental alguno que diera cuenta de la sinceridad y legalidad del traspaso en cuestión, en el sentido de que se desconoce de cuántos y en qué consisten los proyectos a financiar, sus costos y cuáles son los Consejos Comunales beneficiarios.

 

Indica la decisión que del riguroso estudio efectuado por la Sala Plena de la situación factico jurídica del presente caso, en especial, del conjunto de elementos y consideraciones jurídicas resultantes de las actuaciones realizadas por el Ministerio Público, que “el hecho a que se contrae la denuncia no comporta una contrariedad con el ordenamiento jurídico regulatorio de la materia objeto de la investigación, antes bien, aprecia esta Sala Plena con fundamento a las referidas actuaciones que la transferencia presupuestaria realizada se adecua plenamente a las operaciones presupuestarias inherentes al ejercicio de la función administrativa”

 

Agrega la sentencia, con ponencia del magistrado Malaquías Gil Rodríguez, que “existe una cabal congruencia entre el destino de los recursos y el uso dados a estos; así como, que en ocasión a dicho traspaso no se ocasionó daño al patrimonio público o a la prestación de un servicio público”, por lo que la Sala Plena del Alto Juzgado del país declaró con lugar la solicitud de sobreseimiento planteada.

 

Fuente: Agencias

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