La Sala Constitucional respondió una solicitud de interpretación que el diputado Diosdado Cabello interpuso el pasado 16 de diciembre.
Los actuales parlamentarios están en pleno ejercicio de sus potestades según sentencia 1.758 del TSJ
Caracas.- Hasta la medianoche del 4 de enero próximo la actual Asamblea Nacional podrá celebrar sesiones extraordinarias para seguir legislando, aprobando fondos para los distintos organismos públicos, designando funcionarios y cualquiera otra de las funciones que la Constitución le confiere, pues «está en pleno ejercicio de sus potestades».
Así lo dictaminó la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en su sentencia 1.758, dictada en la tarde de hoy y en la cual respondió un recurso de interpretación del artículo 220 de la Carta Magna que el saliente presidente del Parlamento, diputado Diosdado Cabello (PSUV-Monagas), interpuso el pasado 16 de diciembre y con el cual buscaba aclarar si podía convocar plenarias extraordinarias y si en las mismas los actuales legisladores podían ejercer todas sus competencias, pese a que su período no sólo está por fenecer sino a que sus sucesores ya fueron escogidos.
En el fallo redactado por los siete miembros de la intérprete del texto fundamental no solo aseveró que la actual AN «no se encuentra impedida constitucionalmente para convocar sesiones extraordinarias» sino que además le dio luz verde para abordar durante esas reuniones cualquier materia que la mayoría de sus integrantes desee abordar, por considerar que los actuales parlamentarios están «en pleno ejercicio de sus potestades» y que el hecho de que estén de salida en modo algunos supone que sus facultades «estén mermadas».
La semana pasada Cabello advirtió: «Nosotros somos Parlamento hasta que ellos se instalen, yo tenía el concepto que era hasta el 4 (de enero) a las 12 (de la medianoche). Pero si a ellos no les da la gana de instalarse el 5 (de enero), nosotros seguimos».
Fuente: EU
Juan Francisco Alonso