Sudeban emite resolución para operaciones con dólar flotante

Sudeban emite resolución para operaciones con dólar flotante

Además, dentro de la publicación se modifica el nombre del Manual de Contabilidad para bancos, otras instituciones financieras y entidades de ahorro y préstamo.

 

 

Por medio de la Gaceta Oficial N° 40.983 se conoció que la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) emitió una resolución en la que se establecen las normas relativas a la aplicación de beneficios netos originados por las operaciones cambiarias que realizan las instituciones en los mercados alternativos con tipo de cambio complementario flotante de mercado.

 

 

La resolución N° 116-16, expuesta en la Gaceta Oficial N° 40.983, reseña que el saldo neto que se origine será contabilizado mediante la subcuenta denominada “Ganancia o pérdida por operaciones en los mercados alternativos de divisas”.

 

 

El Mundo

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