Consideran necesario mantener la autonomía del Banco Central de Venezuela
La directora de la organización no gubernamental Transparencia Venezuela, Mercedes De Freitas, informó que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia que declaró la inconstitucionalidad de la reforma parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela, será elevada a los organismos internacionales como una muestra más de “las decisiones políticas” que toma el máximo tribunal.
Solicitó a los siete magistrados de la Sala Constitucional del TSJ, reconsiderar la decisión judicial y rectificar su criterio para emitir la sentencia 259. Pero al mismo tiempo, la ONG pide a la Asamblea Nacional revisar la designación de los magistrados que fueron designados a finales de 2015 o reformar la Ley del TSJ.
De Freitas indicó que el instrumento legal del ente emisor ha sido reformado por el Ejecutivo en seis oportunidades desde el año 2002, en las cuales se fue mermando la autonomía del BCV, limitado sus funciones para preservar la estabilidad monetaria y además de limitar las potestades de la Asamblea Nacional sobre el organismo.
“Sin independencia del BCV no habrá salida a la crisis económica e institucional. Ese es un error que necesita ser reconsiderado. La Sala Constitucional se ha convertido en un suprapoder al colocarse por encima de los demás poderes públicos del país, solo colocándose a la par del Ejecutivo”, afirmó De Freitas.
Limitaciones
Recordó los cambios ejecutados a la normativa para crear el Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) con la entrega del llamado “millardito” de las reservas internacionales, la autorización para darle facultad al BCV para financiar a Pdvsa y a otras empresas estatales a cambio de papales de deuda y el visto bueno del Ejecutivo para que dejar de publicar las cifras e indicadores macroeconómicos.
“En los últimos años la permisividad otorgada al BCV debido a las sucesivas reformas de la Ley, ha resquebrajado los principios fundamentales del ente emisor como lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria”, agregó.
La directora de Transparencia Venezuela reiteró que en la reforma realizada por el Parlamento al instrumento legal del BCV, se buscó volver al mismo articulado que existía antes de las modificaciones hechas por el Ejecutivo a través de la Ley Habilitante en diciembre de 2015.
Destacó que la sentencia 259 del 31 de marzo de 2016 del TSJ en la que se declara la inconstitucionalidad de la reforma de la Ley del BCV realizada por la AN, se dará a conocer a organismos internacionales como el Parlasur, Mercosur, Unasur, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros.
De Freitas resaltó que en caso de revertirse la designación de los 12 magistrados principales y 21 suplentes del máximo tribunal, es posible dejar sin efecto las actuaciones y decisiones que generaron.
“El TSJ ha limitado las funciones de la Asamblea Nacional, al suspender a los cuatro diputados del estado Amazonas, al declarar la vigencia del Decreto de Emergencia Económica así como su prórroga y con la inconstitucionalidad de la reforma de la Ley del Banco Central”, acotó.
Fuente:elmundo.com.ve