Sancionada ley que castiga hasta con 20 años de prisión a quienes apoyen y participen en actos de piratería naval

Sancionada ley que castiga hasta con 20 años de prisión a quienes apoyen y participen en actos de piratería naval

La Asamblea Nacional (AN) aprobó en segunda discusión la sobrevenida Ley de Protección de las Libertades de Navegación y Comercio contra la Piratería, Bloqueos y otros Actos Ilícitos Internacionales, que responde a la incautación de buques petroleros sancionados por parte de Estados Unidos en aguas internacionales, como parte del “bloqueo total” ordenado por el presidente Donald Trump.

En sesión extraordinaria de este martes 23 de diciembre —la segunda desde que finalizó el segundo periodo de sesiones 2025, el pasado 15 de diciembre— la plenaria dio luz verde a modificaciones en el título de la normativa (empezaba como Ley para Garantizar la Libertad de Navegación) aprobada un día antes en primera discusión. También al articulado, que aumentó de 11 a 15 artículos.

Las sanciones

El artículo 13 (antes 10) castiga con prisión de 15 a 20 años a quien “promueva, instigue, solicite, invoque, favorezca, facilite, respalde, financie o participe en acciones de piratería, bloqueo u otros ilícitos internacionales contra personas jurídicas que realizan operaciones comerciales con la República y sus entidades, por parte de Estados, poderes, corporaciones o personas extranjeras”.

El mismo artículo impone como pena accesoria una multa por la cantidad en bolívares, equivalentes a entre 100 mil y un millón de veces el tipo de cambio de mayor valor publicado por el Banco Central de Venezuela (BCV).  Un diputado solicitó en este punto que se aplicara la Ley de Extinción de Dominio (confiscación de bienes) a los implicados.

A petición del presidente de la AN, Jorge Rodríguez, en el artículo 6 se incluyó el “espionaje” electrónico, como uno de los actos que puede afectar la navegación y el comercio.

El artículo 14 establece el juicio en ausencia, en caso de que la persona acusada se niegue a asistir a la audiencia preliminar o a las audiencias en un juicio oral, por cuanto se entenderá que no desea hacer uso de su “derecho a ser oído”. El proceso continuará con la designación de un defensor público. Asimismo, indica que el proceso para la investigación y sanción del delito previsto en la normativa se desarrollará conforme a lo previsto en el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) y demás leyes aplicables.

Alcance

En atención al artículo 1, que señala como objeto de la ley garantizar la libertad de navegación y de comercio protegidos por tratados internacionales frente a actos de piratería por parte de actores extranjeros contra personas jurídicas que tengan negocios con el Estado venezolano, el diputado de la Alianza Democrática, Oscar Ronderos (AD judicializada), destacó el alcance de la normativa aún si el delito se comete en aguas internacionales el cualquier parte del mundo.

“Es importante destacar esto porque es una novedad en el tema de la legislación y así se establece en la intención de alcanzar con la protección del Estado venezolano a cualquier agente comercial que haga negocios con el Estado”, subrayó.

Incluso, en el artículo 11 se autoriza al Ejecutivo a la conformación de alianzas regionales con aquellos Estados que también puedan resultar agraviados por el delito previsto en la normativa, conforme al derecho internacional. Y en el 12 a la Procuraduría General de la República para que brinde asistencia a personas nacionales o extranjeras que realicen operaciones comerciales con Venezuela, cuando se vean afectados los intereses de la República, además de desarrollar estrategias conjuntas de defensa entre Estados afectados.

El artículo 9 señala que el Ejecutivo Nacional implementará un “sistema especial” para registrar todos los eventos que generen riesgos en materia de seguridad marítima, protección ambiental y la vida humana en el mar, el cual servirá para la recolección de evidencias. Dicho registro deberá estar disponible para las reclamaciones legales dirigidas a determinar responsabilidades civiles, ambientales, penales y contractuales, nacional e internacionalmente.

La AN dominada por el chavismo señala a EEUU de incurrir en actos de piratería al incautar en aguas internacionales a dos tanqueros y perseguir a un tercero, para trasladar el petróleo que transportaban dichos buques a ese país. La medida es considerada por analistas como una escalada en las presiones para desplazar del poder a Nicolás Maduro, considerado un gobierno ilegítimo con vínculos con el narcotráfico.

El presidente de EEUU, Donald Trump, sostiene además que la incautación de crudo es parte del reclamo por expropiaciones en campos petroleros que datan de los gobiernos de Hugo Chávez y que afectaron intereses estadounidenses.

“Lo vamos a mantener (el petróleo venezolano). Quizás lo vendamos, quizás lo mantengamos o lo usemos en las reservas estratégicas. También nos quedamos con los barcos”, expresó Trump, en una conferencia de prensa este 22 de diciembre.

El mandatario norteamericano también advirtió a Maduro que “si se pone rudo, será la última vez que lo haga”.

“100 leyes”

Antes de culminar la sesión en el Palacio Legislativo, el jefe del Parlamento resaltó que la ley que acababan de sancionar era la número 100 del mandato de la actual AN que está por culminar.

Aunque indicó que la de este martes era la “penúltima sesión”, Rodríguez agradeció el trabajo de los diputados y calificó al Poder Legislativo bajo su gestión como “valiente, fuerte y patriota”.

 

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