El Ministerio del Trabajo podrá autorizar un máximo de 10 horas diarias, en el caso de aquellas empresas cuya actividad aumente por temporadas.
El Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT), publicado en la Gaceta Oficial N° 41.157, de fecha 30 de abril de 2013, que circuló ayer 2 de mayo, ratifica la jornada semanal de 40 horas y la diaria de ocho. Sin embargo, contempla excepciones.
El texto refiere las diversas jornadas que ya están descritas en la LOT. No obstante, incluye, entre las novedades, que aquellas empresas que por su naturaleza tienen un aumento de actividades por razones estacionales o por temporadas (vacaciones, zafras navideñas, recolección de cosechas en el campo) pueden modificar el horario formal fijado en la ley, de manera de incrementarlo hasta 10 horas diarias por un tiempo limitado, siempre que enteren mediante notificación formal al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social.
Fuente: El Mundo