El pasado 20 de febrero de 2024, la Corte de Apelaciones de Nueva York, en Estados Unidos, dictaminó que la emisión de los bonos PDVSA 2020 está sujeta a las leyes de Venezuela, específicamente la Constitución Nacional.
Según publicó Forbes, esta decisión ha abierto «la caja de Pandora», puesto que ha dejado sin resolver diversos asuntos en los 5 años que lleva este «costoso litigio» entre la Junta Ad-Hoc de PDVSA y los acreedores.
No obstante, esto da pie a que se genere incertidumbre en la subasta de Citgo Petroleum que realizará la Corte de Delaware.
Luego de conocerse la decisión por parte de la Corte de Apelaciones de Nueva York, los bonos PDVSA 2020 sufrieron una baja en su cotización al pasar de 89 centavos de dólar a 67 centavos de dólar.
Sin embargo, debido a la expectativa de «recuperación de intereses adicionales» de US$ 530 millones, así como la reinserción en el índice EM de JPMorgan, los bonos PDVSA 2020 han tenido una «fuerte» recuperación, al punto de cotizar en 84 centavos de dólar.
La nueva incertidumbre
En el caso de los bonos PDVSA 2020, hay una nueva incertidumbre por los más de US$ 530 millones en intereses adicionales que están acumulados desde la sentencia emitida en el año 2020.
Esto se interpreta en que la reciente decisión de la Corte de Apelaciones de Nueva York sobre los bonos PDVSA 2020 podría llevar a un incremento de la deuda con los acreedores por US$ 530 millones.
En ese sentido, el economista venezolano Francisco Rodríguez indicó en sus redes sociales que la razón de esta pérdida es que al darse la decisión de primera instancia, se recalculan los intereses en base al cupón de la obligación (8,5%) en vez de la tasa federal aplicable a la sentencia original (0,1%).
«De perder PDVSA la demanda, esta deuda más alta se cobraría contra la garantía de Citgo. De ganarla, pasaría a ser una deuda no asegurada, como el resto de las deudas de PDVSA.
Manifestó que este costo ilustra nuevamente los riesgos de una estrategia basada en los litigios: «de haber llegado a un acuerdo a tiempo con los acreedores, se habría limitado la acumulación de intereses. Al litigar, se puede ganar pero también se puede terminar perdiendo más».
No se necesita aprobación
Rodríguez expresó a Forbes que la ley venezolana dice explícitamente que «no se necesita la aprobación de la Asamblea Nacional para emitir deuda del Banco Central (de Venezuela), PDVSA y otras empresas estatales».
«PDVSA nunca en su historia ha solicitado autorización legislativa para emitir deuda o pignorar activos», sumó.
Igualmente, detalló que las dudas que surgen sobre el acuerdo de prenda no son tanto sobre la legalidad, sino sobre la constitucionalidad de las leyes que autorizan su emisión: «esas cuestiones sólo pueden ser resueltas por la Sala Constitucional del país».
«Ni siquiera la Asamblea Nacional, en 2016, dijo que el compromiso fuera ilegal o inconstitucional. Lo hicieron para otros proyectos gubernamentales, como concesiones mineras. Pero en este caso, no querían que se les culpara de forzar un default», apuntó.
El economista venezolano destacó que la venta de Citgo ordenada judicialmente «sigue adelante», ya que la empresa enfrenta otro tipo de reclamaciones.
«El resultado más probable es que el postor ganador, después de adquirir Citgo, llegue a algún tipo de acuerdo con los tenedores de bonos 2020″, recalcó.
Contrato de interés nacional
Por su parte, el abogado venezolano José Ignacio Hernández cree que será «bastante fácil» demostrar que, según la Constitución venezolana, «este era un contrato de interés nacional y fue rechazado por el Poder Legislativo de la época. La Asamblea Nacional lo rechazó dos veces en 2016 y luego en 2019″.
Aclaró que «no existe riesgo» de que la deuda aumente a US$ 530 millones por intereses, «pues el caso seguirá en suspenso mientras se dicta la decisión».
Ricardo Penfold, economista y estratega jefe de Seaport Global, sostuvo que la ley venezolana es clara en que no hay necesidad de exigir la aprobación de la Asamblea Nacional para este bono.
«La Corte de Apelaciones sólo consideró la Constitución, pero no la Ley Orgánica de la Administración Pública. Al revisar esta normativa, el tribunal federal debería concluir que PDVSA no requirió la aprobación de la Asamblea Nacional para emitir el Bono 2020″, enfatizó.
El Universal