Ramos Allup propuso eliminar la reelección presidencial indefinida

Ramos Allup propuso eliminar la reelección presidencial indefinida

La eliminación absoluta de la reelección presidencial fue propuesta por el presidente de la Asamblea Nacional, diputado Henry Ramos Allup, a través de una modificación para el proyecto de enmienda constitucional que ya fue aprobado por el Parlamento.

 

 

El presidente del Legislativo también planteó dejar el período presidencial en seis años, tal y como está previsto en el artículo 230 de la Carta Magna y modificar el artículo 233, con el propósito de establecer que si el Jefe del Estado es revocado el próximo año igualmente eso provocará la convocatoria de elecciones de inmediato, informó la AN en una nota de prensa.

 

 

La modificación del 230 quedaría así: “El período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República no podrá ser reelegido o reelegida de forma inmediata y tampoco podrá postularse nuevamente en ninguna oportunidad para el cargo de Presidente o Presidenta de la República”.

 

 

Por su parte, la modificación del artículo 233 quedaría de la siguiente forma: «Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República: su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional, el abandono del cargo, declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.

 

 

Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta Electa antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.

 

 

Si la falta absoluta del Presidente o Presidenta de la República se produce durante los primeros cinco años del periodo constitucional, se procederá a una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.

 

 

En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período constitucional correspondiente.

 

 

Si la falta absoluta se produce durante el último año del período constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva asumirá la Presidencia de la República hasta completar dicho período, a menos que la falta absoluta fuera causada por la revocatoria del mandato o destitución, caso en el cual asumirá la Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional».

 

 

El vocero de la propuesta fue José Ignacio Guédez, secretario general de La Causa R, quien explicó que con apenas unos pequeños cambios de pocas palabras en dos de los artículos ya incluidos en el  proyecto original (230 y 233), se puede solventar el error constituyente de permitir que un funcionario no electo popularmente y designado libremente por un presidente revocado, pueda convertirse en Presidente del país por hasta dos años consecutivos.

 

 

Enfatizó Guédez que manteniendo el período presidencial en seis años, para evitar la polémica jurídica planteada por el TSJ, se puede extender a cinco años el supuesto de ausencia absoluta que genera elecciones inmediatas, dejando la opción del Vicepresidente encargado solamente para el último año (sexto año del período).

 

 

Indicó que de esta manera se pone la enmienda al servicio del revocatorio, “abortando la estrategia oficial del retraso para que no se materialice dicha consulta este año con la expectativa de mantener ilegítimamente un Gobierno impopular. La idea es que el revocatorio, sea este año o el próximo, genere en todo caso una elección presidencial inmediata para que sea el pueblo, y no el revocado, quien elija al líder que termine el período”.

 

 

EU

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