En Gaceta Oficial se estableció la reforma a la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas que estipula la aplicación de un porcentaje del 35% al precio de vinos naturales y 50% a otras bebidas incluidas la sangría, la mistela por fermentación y la sidra.
El impuesto referente a la cerveza no sufrió ninguna modificación y seguirá siendo del 15%.
Este decreto entrará en vigencia a los 90 días de su publicación en Gaceta Oficial.
A los efectos de la aplicación del impuesto, los contribuyentes deberán indicar en las etiquetas o impresiones de envase el correspondiente precio de venta al público.
Cuando los envases carezcan de etiquetas o fuese imposible indicarlo en sus impresiones, el PVP deberá reflejarse en la tapa.
La reforma de Ley de Impuestos sobre el Alcohol y Especies Alcohólicas elimina además los 90 días establecidos en el antiguo instrumento legal para cancelar los aranceles del producto traído al país.
La Verdad
José Alejandro Urdaneta