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Procurador Hernández: Constitucionalidad de la designación de la Junta Directiva para el período de sesiones correspondientes al 2020-2021

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Procurador Hernández: Constitucionalidad de la designación de la Junta Directiva para el período de sesiones correspondientes al 2020-2021

El Procurador José Ignacio Hernández hace un análisis  de la  constitucionalidad de la designación de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional correspondiente al período anual de sesiones del año 2020-2021

 

 

I. HECHOS FUNDAMENTALES

 

 

2. De conformidad con los artículos 219 de la Constitución y 2 del Reglamento Interior y de Debates, la Asamblea Nacional debía reunirse el 5 de enero o el día posterior más inmediato posible, para la sesión de instalación y el inicio del primer período de sesiones correspondientes al año 2020-2021, sin necesidad de convocatoria previa.

 

3. El día previo a la sesión, diversos diputados de la Asamblea Nacional denunciaron actos de persecución e intimidación política del régimen de Maduro1.

 

 

4. Desde tempranas horas de la mañana del 5 de enero, las inmediaciones del Palacio Federal Legislativo amanecieron custodiadas por efectivos de la Guardia Nacional2. De conformidad con el artículo 1 del Reglamento Interior y de Debates, la sede del Poder Legislativo es la ciudad de Caracas y se reunirá en el salón de sesiones del Palacio Federal

 

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