Polémica por la marihuana en las cárceles de Uruguay

Polémica por la marihuana en las cárceles de Uruguay

La nueva ley que permite el consumo y tenencia de ese estupefaciente provocó un fuerte cruce entre una fiscal y una jueza. El recluso y un amigo, sin condena

 

La polémica medida sobre el consumo de marihuana que propuso el gobierno de José «Pepe» Mujica y que fue aprobada por el Congreso uruguayo causó esta semana los primeros roces en la Justicia. Es que dos funcionarios de ese poder republicano se vieron enfrentados luego de una insólita situación vivida con reclusos de un penal de Montevideo.

 

El hecho ocurrió el 18 de abril pasado cuando la jueza Fanny Canessa inició el proceso a un convicto al que un amigo le había suministrado 38 gramos de marihuana desde el exterior, lo que la magistrada consideró una situación irregular. Sin embargo, fue la fiscal Ana Tellechea quien se interpuso en la medida.

 

Tellechea exigió el inmediato sobreseimiento de los dos reos alegando que a ambos sujetos los amparaba la ley 19.172 que regula el intercambio y el consumo de esta droga. La jueza, quien estaba obligada a seguir la «no acusación» de la fiscal, se vio impedida de continuar con el proceso y optó por la alternativa propuesta por Tellechea.

 

Entre los considerandos para solicitar el sobreseimiento de los procesados, la fiscal argumentó que se trataba de razones de «sana política criminal» y que el gramaje que se había intentado introducir en el penal estaba contemplado en la nueva ley, según consignó el diario El País de ese país.

 

Sin embargo, en su fallo, la jueza Canessa expresó que según su entender se hallaba ante una situación de «suministro» y no de «tenencia» como contempla la nueva reglamentación uruguaya. Sin embargo, no hubo acusación de la fiscal por lo que la causa cayó.

 

«Aunque se entendiera, como hace la señora fiscal, que 38,5 gramos actualmente es una ‘cantidad razonable’, lo cierto es que no era para consumo personal» del amigo del recluso, sentenció la magistrada. Y agregó que «parece un contrasentido que la ley uruguaya, por un lado, considere agravante del delito el que se cometa en el interior de una cárcel y (que por otro lado) se interprete esa ley en el sentido de descriminalizar la conducta».

 

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