Las justificaciones de Villegas (Ernesto)

Las justificaciones de Villegas (Ernesto)

Desde hace ya demasiado tiempo el gobierno nacional ha usado -y abusado- de las grabaciones telefónicas (o no) de conversaciones privadas, para tratar de destruir a sus adversarios. Con total impunidad, ante la mirada complaciente y cómplice del Ministerio Público, los medios del Estado las difunden sin responsabilidad alguna, ni para quien grabó, ni para quien las saca al aire.

 

Lamentablemente, en los últimos tiempos, algunos dirigentes de oposición también han divulgado este tipo de comunicaciones. Hay quienes, como el diputado Caldera, en defensa propia ante los ataques sufridos.

 

Lo cierto es que las comunicaciones privadas están protegidas por el texto constitucional y, por más que en la práctica esto no se respete, tanto grabarlas como difundirlas viola no sólo la Constitución sino que constituye delito.

 

Todos podemos -en teoría- emitir nuestros juicios de valor privadamente sin ningún tipo de limitaciones. La grabación y divulgación de esas opiniones por parte de terceros, sin contar con la debida autorización de su emisor, es delito. Sólo un juez está constitucionalmente autorizado para permisar la grabación de las comunicaciones privadas de un ciudadano y con el único fin de obtener pruebas que se sospeche puedan ayudar en una investigación penal. Ni siquiera el juez tiene facultades para que una grabación, obtenida de manera legal, pueda ser difundida en medios de comunicación.

 

Lo que hemos presenciado los venezolanos durante los últimos años, acentuado en los últimos meses, está diametralmente opuesto a lo que nuestro ordenamiento jurídico protege: la libertad de pensamiento y opinión.

 

El canal del Estado venezolano ha sido sin duda el que más ha estado violando la ley a este respecto, a pesar que debería ser ejemplo y modelo de actuación. No sólo sus anclas han hecho de la utilización de grabaciones ilegalmente obtenidas el centro de muchos de sus programas, sino que se producen y transmiten a diario «micros» en los cuales se utilizan grabaciones ilegales.

 

En una reciente entrevista que escuché le hicieron a Ernesto Villegas, a la sazón actual ministro de Información -es decir responsable de toda la política comunicacional del gobierno nacional-, excusó esta inconstitucional práctica en la actitud de los medios privados de comunicación. Para Villegas, los medios públicos de comunicación están excusados de violar la ley porque, en su criterio, hay medios privados que lo hacen. ¡Bravo Ernesto! Has puesto en vigencia de nuevo la muy vieja e inexistente Ley del Talión que sólo permanece aún en aplicación en algunos países muy atrasados, en los cuales, por ejemplo, una mujer infiel puede ser repudiada y apedreada en plaza pública.

 

También explicaba Villegas -Ernesto, para no confundirlo con sus hermanos también periodistas- que desde hace décadas las grabaciones han sido fuente de información periodística. Ciertamente ha sido así, pero su divulgación, así la realice un periodista o un diputado (amparado por la inmunidad parlamentaria) no legaliza la acción. Difundirlas sigue siendo ilegal. Un periodista puede informar sobre su contenido y reservarse su fuente, no revelarla sí está protegido por la ley. Pero no creo que difundirla y atentar contra la privacidad y la reputación de un ciudadano sea legal. La línea divisoria entre una cosa y la otra luce fina, por lo cual muchos la cruzan fácilmente.

 

El problema que no explicó Villegas -porque estoy seguro que sí lo entiende- es que ya él no está en el libre ejercicio de su profesión, pues es cabeza de todo el aparato informativo gubernamental y los medios públicos de comunicación. Cuando estos medios violan la ley, es el Estado mismo el que la está violando; cuando el ministro aparece públicamente revelando el contenido de una grabación ilegal, es el ministro (alto funcionario público) y no el periodista quien viola la ley.

 

Si un particular graba ilegalmente o un medio privado viola la ley, toca al Estado ponerlos en cintura mediante los procedimientos administrativos o judiciales que prevé la ley. ¿Con qué moral va el propio Estado a iniciar esos procedimientos, si en los medios que están bajo su mando la ley y la Constitución son violadas a diario difundiendo grabaciones ilegales? De eso se trata el fondo de este problema: quien debe hacer cumplir la ley es descaradamente su primer violador. No existe justificación alguna para ello.

 

¿Recordará Villegas esta disposición constitucional?: «Artículo 60. Toda persona tiene derecho a la protección de su honor, vida privada, intimidad, propia imagen, confidencialidad y reputación».

 

Por Gerardo Blyde

Comparte esta noticia:

Contáctanos

Envíe sus comentarios, informaciones, preguntas, dudas y síguenos en nuestras redes sociales

Publicidad

Si desea obtener información acerca de
cómo publicar con nosotros puedes Escríbirnos

Nuestro Boletín de noticias

Suscríbase a nuestro boletín y le enviaremos por correo electrónico las últimas publicaciones.