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La reforma tributaria según El Troudi

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La reforma tributaria según El Troudi

El gobierno venezolano desde varios años viene anunciando una reforma que ni siquiera la Asamblea Nacional ni la Administración tributaria conocen. No ha sido consultada o puesta en circulación una propuesta concreta. Sólo existen especulaciones, comentarios de pasillo o datos de amigos periodistas de la fuente económica.

 

No obstante, la investigación y la cacería de información, cada día más escaza, centrada en el análisis y seguimiento de discursos oficiales, intervenciones de voceros gubernamentales o parlamentarios, algunos documentos oficiales amén de estudios efectuados por afectos al oficialismo permite tener una aproximación de lo que se pretende efectuar con el sistema tributario.

 

En fines es necesario acudir a las fuentes directas de las propuestas que integran el “Socialismo del Siglo XXI”, ese evangelio revolucionario que como cualquier buena nueva tiene sus profetas.

 

Uno de los más calificados evangelistas es el profesor Haiman El Troudi, actual Ministro para el Transporte Terrestre, funcionario comodín y polivalente en lo administrativo y político. Su obra prolija constituye consulta obligada para aproximarse a las políticas públicas actuales, su origen, contenido y alcance. Sorprende la influencia determinante que tiene en el discurso oficial, en la definición y ejecución de la planificación centralizada, incluso, en la nomenclatura utilizada.

 

El profesor barinés sostiene que “el proceso revolucionario se encuentra hoy ante una gran reto: dotarse de instrumentos apropiados para consolidar los logros obtenidos hasta el momento actual y avanzar en la creación de la nueva institucionalidad aseguradora de la continuidad socialista” lo cual implica definir el rol económico y organización institucional del “Estado Socialista Bolivariano”, que supone “la convicción de que el Estado (proletario) Comunal debe ser por esencia diferente del capitalista” siendo “una tarea prioritaria, sujeta a la participación de las clase populares” “la constitución del nuevo entramado institucional” (La Política Económica Bolivariana y los dilemas de la transición socialista en Venezuela, Cepes, Caracas, 2010).

 

Una de las medidas redistributivas, según el profesor El Troudi, “imprescindible en el periodo de transición revolucionaria radica en la formulación de una Política Tributaria Progresiva”, que permita “elevar la recaudación no petrolera” a través de un «sistema tributario socialista» eficiente.

 

No obstante, que el citado autor expresa “que a agrandes rasgos, el mensaje general de la PEB en materia tributaria se traduce en señalar que no se requieren más impuestos en Venezuela”, propone, entre otras cosas, lo siguiente:

 

Centrar el sistema impositivo en el impuesto sobre la renta; propone la simplificación del pago para las personas naturales, con un desgravamen único de 800 Unidades Tributarias y alícuotas o tasas que oscilan entre el 15% y el 34%. En cuanto a las empresas “se habría de establecer una sobre tasa a las ganancias extraordinarias de la banca (elevar a 50% de rentabilidad su patrimonio); se ha de eliminar la exención a los enriquecimientos derivados con operaciones bonos de deuda pública a los fines de fortalecer las actividades de intermediación y desincentivar la tendencia en invertir en los referidos títulos de renta fija.

 

El Troudi propone restablecer el impuesto cedular abandonado en nuestro país en el año de 1966 por su complejidad y alto costo de gestión (administración y fiscalización por parte de la República) y de cumplimiento. El Seniat elaboró hacia finales del 2005 un anteproyecto, que tuvimos oportunidad de analizar en las directrics y relatoría general sobre “Propuestas para un reforma tributaria en Venezuela “en el marco de las X Jornadas Nacionales de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario.

 

La actualización del esquema de exenciones y exoneraciones, a fin de proceder a la derogatoria de aquellas que cumplieron su función, no se ajustan a las políticas económicas y sociales del gobierno ni a las previsiones de ejercicios fiscales futuros.

 

La dispensas de las obligaciones de pagar impuesto debe ser exoneraciones otorgadas por el Ejecutivo nacional y no de exenciones concedías por la Asamblea Nacional, previendo “un escenario de no control revolucionario”, evitando de esta manera que vayan contra las políticas del gobierno.

 

Disminuir la tributación indirecta, entre ésta el IVA. Los impuestos debe ser “0” o muy bajo, “diferenciado por bien o servicio” y, por consiguiente, disminuir la alícuota del IVA.

La creación de los impuestos: (i) selectivo al consumo; (ii) a la legitimación de actos públicos; (iii) al comercio electrónico; (iv) al valor agregado especulativo; (v) sobre las loterías.

El citado profesor, ideólogo esencial de este proceso, no sienta las bases de la especificidad de estas exacciones, sus elementos constitutivos ni lineamientos generales.

 

Aumentar correlativamente la imposición directa para “gravar efectivamente al capital, la renta y el patrimonio”.

En relación a esta forma de imposición directa cabría preguntarse si se aprobará el “Impuesto al patrimonio de las personas naturales” que grava la titularidad de sus activos tangibles e intangibles, conforme al anteproyecto de ley elaborado por el Seniat hacia el año 2004 o sí tendremos nuevamente el “Impuesto a los activos empresariales”, que gravaba el valor de los activos tangibles e intangibles, situados o en el país o reputados como tales incorporados a la producción de enriquecimientos gravables, que estuvo vigente en nuestro país desde el 17/12/1993 hasta el año 2004.

 

Adelantar fiscalizaciones en materia de ISLR, IVA y acciones de cobro derechos pendientes.

Fiscalizaciones para que las empresas del Estado paguen las obligaciones en materia de IVA e ISLR.

Reforma del Código Orgánico Tributario pues el vigente “es permisivo”, “hace imposible la sanción penal para la defraudación”.

No se sabe si el gobierno ante la difícil situación económica y dentro de esta “heterodoxia tributaria”, a pesar que la reforma tributaria es solo un paliativo y no la solución del déficit fiscal, proyecte la reedición del distorsivo, inflacionario y regresivo Impuesto a los Débitos Cambiario (IDB) o su versión de mayor espectro y generador de grandes patologías como el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), tentado por la instantaneidad de su causación, la facilidad de su recaudación y la posibilidad de contar con un aliados estratégico coadyuvante para su gestión como son las instituciones financieras y un grupo de grandes contribuyentes, sin pensar en los estragos que origina en el aparato productivo y en los consumos finales.

 

No queremos dejar a un lado el reordenamiento del sistema tributario propuesto en el primer Plan de la Nación, El Troudi por medio, en el que se plantean las creación de los impuestos: (i) a las tierras ociosas de uso urbano; (ii) revalorización de inmuebles por efecto de obras públicas (iii) a la tenencia de bienes y uso de servicios suntuarios; (iv)a las instalaciones y equipos productivos sin uso por causas no justificadas

 

El profesor El Troudi, el principal evangelista de la religión del Socialismo del Siglo XXI, sí sabe hacia dónde va la reforma. Él esbozo los lineamientos de la planificación centralizada, las regulaciones y restricciones bajo controles férreos en materia de costos, precios, rentabilidad, importaciones, distribución de bienes y la asignación de las divisas mediante lo que será la definición de un presupuesto para tal fin.

 

No hay más remedio, con todo respeto y consideración lo sugerimos, que recurrir a él para conocer la reforma tributaria que no será televisada, No habrá sorpresas.

 

 

Por Leonardo Palacios

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