El moderno Estado de Derecho garantiza que las decisiones que el ]Ejecutivo adopte, no podrán ser lesivas al ejercicio de los derechos económicos de los particulares
El inversionista, tanto nacional como extranjero, al ampliar o efectuar su incursión en el país valora el efecto que tienen las convenciones para determinar la recuperación en el flujo de su rentabilidad.
La autonomía de la voluntad, constitucionalmente reconocida como una manifestación del derecho a la libertad económica, tiene efectos importantes que analizar en el derecho venezolano en virtud no solamente de la tipificación que los contratos y las regulaciones económicas tienen en el ordenamiento jurídico, sino por las derivaciones de la denominada planificación económica centralizada.
Este nuevo contenido de la actividad administrativa, no es como el tiempo pasado, de naturaleza indicativa y flexible sedimentada en las facultades de estímulo o incentivación con que contaba el Estado para la oportuna convergencia de la actividad privada con la pública desarrollada.
Se trata ahora de una forma de establecer mecanismos de intervención a través de autorizaciones, cupos, habilitaciones y formas concesionales restrictivas, apuntaladas bajo un férreo esquema sancionatorio.
El moderno Estado de Derecho, donde la sujeción de la actividad que realiza el Gobierno está plenamente sujeta a la Constitución y las leyes, que conforman el dominado bloque de la legalidad, garantiza que las decisiones que el Ejecutivo nacional adopte, no podrán ser lesivas al ejercicio de los derechos económicos de los particulares.
La eficiencia de este tipo de Estado radica en que esa protección sea observada por los distintos órganos del Poder Público, los cuales no podrán limitar ni cercenar los derechos fundamentales de los particulares so pretexto de que se están protegiendo derechos colectivos en aplicación preeminente sobre los particulares.
El legislador lo único que puede establecer son formas, condiciones y requisitos para que el ejercicio la autonomía de la voluntad y la conformación de negocios jurídicos pueden ser considerados como ajustados a derecho.
De lo que se trata, es la búsqueda constante del equilibrio entre los derechos del colectivo y los derechos particulares, constitucionalmente reconocidos a los fines de que la actividad económica que realizan entre sí y su vinculación con el Estado, estén bajo el ordenamiento jurídico.
No cabe duda de que en las denominadas economías tributarias, vale decir, aquellas que se financian con las transferencias dinerarias de las economías privadas a la pública, los aspectos impositivos son de primer orden.
Lo expresado cobra mayor importancia en los mecanismos de planificación centralizada, donde el efecto de la tributación es parte de las restricciones que impone el Estado para lograr sus fines, de lo cual surge como gran afectada la iniciativa privada.
El tema que nos ocupa no puede pasar desapercibido para una institución como la Asociación Venezolana de Derecho Tributario (Avdt), cuyo objetivo esencial y fundacional es el estudio de la tributación, como herramienta esencial del financiamiento de la actividad financiera pública.
La Avdt enfoca su preocupación académica en el tributo y en el derecho tributario, en sus aspectos sustantivos o materiales, adjetivos (gestión del tributo), las sanciones en caso de los ilícitos previstos en el Código Orgánico Tributario y en las relaciones soberanas entre los Estados, a fin de buscar mecanismos para evitar la doble imposición.
En la nueva edición de sus Jornadas Nacionales de Derecho Tributario, la Avdt dedicará sus reflexiones, además del tema de la administración tributaria, al análisis del marco conceptual de los contratos a la luz de las implicaciones que representan la esencia de cada uno de ellos y bajo la premisa de la sujeción al bloque de legalidad.
Este tópico de trascendental importancia para la vigencia del Estado de Derecho, se incluye en el Tema II, bajo la responsabilidad y relatoría de Juan Korody, uno de los más destacados representantes de las jóvenes generaciones de tributaristas.
Este bloque del máximo evento académico de la tributación del país, contará con la participación de destacados abogados, en su mayoría jóvenes provenientes de varias regiones del país, a saber:
Antonio Dugarte y Ramón Burgos-Irazábal, abordarán el contrato de “Asociación en Participación”.
Oscar Moreán Ruiz se adentrará en el análisis de “Los Acuerdos de Costos Compartidos (Cost Sharing Arrangements) y su impacto fiscal en las operaciones de las empresas multinacionales”.
Juan Carlos Fermín disertará sobre los contratos relacionados con el cumplimiento o determinación de obligaciones tributarias en “La cláusula de gross up”.
Carlos Moreno disertará sobre “Los convenios tributarios en materia de regalías e impuestos de explotación de minerales no metálicos”.
Burt Steed Hevia analizará la “Interpretación, calificación y tratamiento fiscal de la donación en Venezuela”
David Moucharfiech Parra y Eduardo Ruesgalos profundizarán sobre los “Aspectos tributarios de los contratos de servicios. Especial referencia al Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Valor Agregado e Impuesto a las Actividades Económicas”.
Xavier Escalante se referirá a “El IVA sobre los contratos de obra de Ingeniería, Procura y Construcción”.
Daniel Betancourt discurrirá sobre la “Deconstrucción de los contratos de licencia de uso y explotación de obras protegidas por el derecho de autor y su reconstrucción en el sistema tributario venezolano”
Alberto Rosales le corresponderá el tratamiento de “El contrato de factoring y su tributación en Venezuela”.
Juan Carlos Castillo reflexionará sobre “Los efectos impositivos del contrato de fideicomiso”.
Adicionalmente, participarán en calidad de conferencistas magistrales reputados profesores de trayectoria internacional como son los profesores César García Novoa, de gran influencia en nuestro medio y de lo más selecto de la tributación europea (España); Germán Pardo y Ruth Salcedo (Colombia); Ronald Evans y Carlos Weffe (Venezuela).
Uno de los temas cruciales para el emprendimiento y que afecta la libertad económica en Venezuela es el atinente a la delicada situación que deriva de las contribuciones parafiscales, tema que estará a cargo de Diego Barboza, Rodrigo Lange, Ramón París y Alejandro Gómez G.
Finalmente, el tema referido a las implicaciones que para Venezuela y su economía conlleva el Mercorsur, lo abordarán Marco Osorio, Manuel Marín y Julio Carrazana.
LeonardoPalacios