La Asamblea Nacional procederá a aprobar la Ley Orgánica de la Cultura que tendrá por objeto “desarrollar los principios rectores, deberes, garantías y derechos culturales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los tratados internacionales suscritos y ratificados por la República en esta materia; fomentar y garantizar el ejercicio de la creación cultural, la preeminencia de los valores de la cultura como derecho humano fundamental, bien irrenunciable y legado universal, reconociendo la identidad nacional en su diversidad cultural y étnica, y respetando la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas”.
Se supone, que este proyecto fue suficiente analizado, compartido, debatido y producto de una reflexión común entre el parlamento y los destinatarios naturales de la ley: “la Administración Pública Nacional, Estadal y Municipal, a las organizaciones del Poder Popular, así como a todas las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que se dediquen a realizar cualquier actividad relacionada con la práctica, promoción, organización, fomento, formación, administración y disfrute, vinculado con la cultura”.
Sin embargo, no fue del todo así. La discusión de un proyecto de ley, no es una concesión graciosa de la AN. No es una mera formalidad que se cumpla con desgana, desprovisto del verdadero afán por conocer y empaparse de la realidad sobre la cual se va a legislar, regular, establecer condiciones o limitaciones y el financiamiento de un derecho fundamental, como es la cultura.
Mucho menos, la consulta obligatoria puede ser una amañada convocatoria de ciertos sectores eventualmente afectados o alcanzados por la normatividad que se quiere imponer o hacer valer, para pretender una legitimidad que se va afectada en el origen, que menosprecia la verdadera esencia del protagonismo democrático y de la participación política como estadios más avanzados de la democracia representativa.
La consulta no solo es la realización de un evento con formato de show de lanzamiento y promoción de un diputado, la plataforma publicitaria de una propuesta política o un paredón de fusilamiento moral a los destinatarios de la norma. Es un acto esencial, de básica eficacia, legitimación de origen y el bautizo elemental de su carácter democrático, máxime cuando se trata un derecho complejo, concebido más como cometido y obligación del Estado que como un derecho a actuar que dependa fundamentalmente del ciudadano para su realización.
El reconocimiento y formulación del derecho humano a la cultura por parte de la AN, es complementario pues el mismo existe, resulta inevitable por la misma existencia del ser humano que hace que se imponga su observancia al Estado y a sus órganos sin fronteras algunas, que su violación sea un hecho globalmente perseguido y susceptible de ser sancionado, en cualquier lugar y sin prescripción de ningún tipo.
El desarrollo del derecho a la cultura es complejo, demandante en su formulación de un consenso social permanente, de una revisión recurrente de las bases normativas, organizativas y de financiamiento del Estado en la actividad prestacional que haga de la cultura un hecho de acceso cierto y no una herramienta de exclusión, discriminación o persecución. Una mera y propagandística expectativa.
El derecho a la cultura, como expresión de múltiples contenidos, requiere de un Estado que incentive y no castre, que propicie la actuación comprometida de todos los sectores y no la construcción de guetos institucionales, actores ideológicos de un proyecto particular que desdibuje el carácter universal y progresivo de ese derecho fundamental.
El derecho a la cultura, involucra el derecho a la cultura propia tanto como derecho a su preservación y derecho a la realización de los hábitos y tradiciones que la caracterizan y el derecho al conocimiento cultural.
También involucra el derecho al conocimiento cultural, entendido como derecho al conocimiento de la cultura del pueblo al que pertenecemos, a nuestra civilización que es el escenario de nuestra existencia y desarrollo de la libertad y dignidad ciudadana, y el derecho a acceder a la información atinente a otras culturas, lo que evidencia su intima e indisoluble vinculación a esos derechos fundamentales.
Es por eso que la Constitución de 1999 establece que “la creación cultural es libre” (artículo 98), “los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano” y “un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará” (artículo 99).
La AN que debería ser el anfiteatro principal de la democracia, se le impone por la fuerza de la razón que deriva de la naturaleza humana del derecho a la cultura misma lograr que el Estado incentive y estimule la cultura “procurando las condiciones, instrumentos legales” y sobre todo el “establecimiento de incentivos y estímulos para que las personas, instituciones y comunidadesque promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales”
(artículo 100).
NO obstante, en aras de una pretendida definición del financiamiento a la cultura, se procede a aplicar el tortol a la empresa privada a través de la creación de una nueva contribución sin estudio socio económico que demostrara cuáles son las necesidades financieras del sector para poder determinar en qué medida debía establecerse este nuevo tributo; y que además, justificara que la imposición de este impuesto oculto no afecte a las empresas gravadas ni altere indicadores macroeconómicos de importancia.
Esta nueva contribución especial se suma a otras contribuciones, entre las cuales se encuentranla Ley de Drogas, Ley del Deporte, Ley de Ciencia y Tecnología. La obligación de realizar este aporte, administrada por un fondo especial sin control ni visión de finanzas publicas y sin exigencia de eficiencia y eficacia, pone en riesgo el monto que hoy en día destinan las empresas privadas para la promoción y el fomento de la cultura venezolanay la identidad cultural venezolana, lo cual elimina la iniciativas privada que busca promover el desarrollo de actividades como festividades locales y regionales, talleres y programas de formación cultural, ferias cinematográficas y de lectura, entre muchísimas otras actividades que alienta el constituyente.
La administración de los tributos por parte del Fondo Nacional de la Cultura generará incertidumbre en cuanto a la asignación de recursos a las diversas actividades culturales. No están especificadas las cantidades que se asignarán ni los criterios que se utilizarán para la entrega de recursos.
Tal afirmación no es un retruécano oposicionista, es el producto de la observación de la lacerante experiencia que resulta de 24 contribuciones parafiscales existentes, que se convierte en saqueo a los bolsillos de las empresas, que afectan proyectos, iniciativas y el ejercicio pleno de los derechos fundamentales del ciudadano dizque beneficiados por su vigencia; que inciden en su capacidad de consumo debido a que en la formación de los precios de bienes y servicios concurre todo tributo, por más prohibición quimérica de traslado o repercusión al consumidor final.
El dinero que la empresa privada debe depositar en el FNC (1% de las ganancias netas), no se utilizará para el desarrollo y la promoción de la cultura, ni llegará a manos de los cultores, artesanos, artistas o trabajadores culturales. La Ley Orgánica de Cultura viola nuevamente la consulta como forma de participar e intervenir en la democracia, lo cual impone, que en defensa de la universalidad, imprescriptibilidad, progresividad, interdependencia e indivisibilidad del derecho a la cultura y de una regulación sin exclusiones y verdaderamente participativa, todos estemos atentos; no solo las instituciones e intelectuales, cultores, artesanos, artistas o trabajadores culturales. Como demócratas esta arremetida es para no descansar, para no parar quieto, para estar siempre atento y vigilante, dispuestos a actuar, exigencias propias que formula Savater a los demócratas.
La legislación sobre la cultura ni estimula ni promueve, ni respeta su valor esencial. Sera el inicio del decaimiento de la iniciativa privada con el Estado en este importante sector. Será la sumatoria de otro tributo sin razón y sin destino eficiente. @NegroPalacios
Por Leonardo Palacios