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Nuevo ajuste a la Constitución de Ecuador vigente desde hace seis años

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Nuevo ajuste a la Constitución de Ecuador vigente desde hace seis años

El presidente Rafael Correa insistió ayer en que hay una restauración conservadora que lo motiva a apoyar una enmienda a la Constitución para dar paso a la reelección indefinida, pero que su postulación como candidato no está decidida.

 

“Frente a estas situaciones, a veces hay que elegir el mal menor nada más y el mal menor es la enmienda constitucional. No significa que me voy a relanzar a la reelección, ese sería el último de los recursos”, dijo en el enlace ciudadano, en Quito.

 

Aseguró que es la prensa la que posiciona la idea de que en Alianza PAIS no hay liderazgos y que “ojalá” no tenga que lanzarse en el 2017. La enmienda es parte de otros ajustes polémicos que ha tenido la nueva Constitución.

 

Correa dice solo apoyar ‘enmienda’

 

Todo comenzó con una jugada clave: la destitución por parte del entonces Tribunal Supremo Electoral de 57 diputados que se oponían al llamado a consulta popular para instalar una Asamblea Constituyente que redacte una nueva Constitución. En el 2007, el recién posesionado gobierno del presidente Rafael Correa no tenía un solo diputado en el Congreso, pero consiguió apoyo a su propuesta cuando delegados del régimen se reunieron en secreto con los suplentes de esos legisladores en un hotel de Puembo, en Quito, de donde salieron –muestran las tomas de prensa de entonces– cubiertos con manteles.

 

De allí surgió el denominado Congreso de los manteles, que con el uso de la Policía para impedir el ingreso de los diputados titulares y el traslado de los suplentes en buses de la institución durante la madrugada hizo posible la reforma.

 

La Asamblea Constituyente, con mayoría del movimiento oficialista Alianza PAIS (AP), redactó la nueva Carta Magna en ocho meses (noviembre del 2007 a julio del 2008) y la llevó a referéndum en septiembre del 2008 para su aprobación. Entró en vigencia en octubre tras publicarse en el Registro Oficial.

 

Seis años después, son el propio oficialismo y Correa, quien siempre afirmó estar en contra de esta figura, los que plantean un nuevo cambio que dé paso a la reelección indefinida del presidente y todas las autoridades de elección popular (asambleístas, alcaldes, prefectos, concejales, consejeros, integrantes de juntas parroquiales).

 

La Constitución del 2008 ya modificó la figura de reelección. La de 1998 permitía a todas las autoridades seccionales candidatizarse sin limitación de tiempo, pero se lo impedía al presidente de la República. Por eso, recuerda Gustavo Darquea, asambleísta de AP y presidente de la mesa de Estructura del Estado, que debatió y redactó esos artículos, la discusión siempre se centró en las diferencias regulatorias entre las autoridades y las opciones de no reelección o reelección por una sola vez.

 

Lo primero que hizo la mesa cuando llegó a los artículos 114 y 144 de la Constitución actual, que permiten la reelección por una sola vez de las autoridades, fue consultar a Correa su criterio, para sobre esa base abrir un debate interno en AP. “Él nos dijo que no era partidario de la reelección presidencial indefinida. Sin embargo, había otros criterios y el que realmente prevaleció tanto en la mesa como en la mayoría de PAIS fue que debería permitirse la reelección por una sola vez, inmediata o no, consecutiva o no, porque consideramos que cuatro años de gobierno no podían ser suficientes para implementar un proyecto de transformación…”, indica Darquea.

 

Ese proyecto, plasmado en el plan de gobierno de Correa del 2006, decía: “No creemos en liderazgos individuales que conduzcan a la constitución de estructuras verticales y caudillescas, sino en liderazgos colectivos sustentados en la autocrítica, en la toma colectiva de decisiones, en el respeto a otras opiniones y en la humildad”.

 

Fernando Burbano, exasambleísta de AP y también miembro de la mesa de Estructura del Estado, coincide en que el debate propuesto desde AP fue la alternabilidad y descentralización de gobiernos seccionales como mecanismo para mejorar la democracia. “Ahora hemos dado un giro de 180 grados. Se pasó de la idea de alternancia a reelección indefinida y de la idea de descentralizar al país a la recentralización para controlar la democracia”.

 

Fabián Solano, asambleísta de la alianza Partido Socialista-AP, piensa diferente. Fue su partido el que planteó el 25 de febrero pasado la primera propuesta de enmienda y no reforma (ver nota vinculada) de la Constitución para la reelección indefinida. Dice que es necesaria para “fortalecer y dar continuidad” a la revolución ciudadana y que frenarla sería limitar la garantía constitucional de las personas a elegir y ser elegidas.

 

El jurista Xavier Zavala Egas considera que según el art. 441 de la Constitución es legalmente aplicable la enmienda. “Lo que importa en una democracia es que el ordenamiento jurídico garantice alternancia en el poder y no veo cómo esta enmienda cierre la posibilidad de la alternancia en el poder… La pregunta es si luego de un periodo o de dos periodos”, dice.

 

Criterios similares han expresado esta semana en entrevistas en televisión y radio Rosana Alvarado y Marcela Aguiñaga, primera y segunda vicepresidentas de la Asamblea, respectivamente. “Para que el presidente pueda ser candidato es necesaria una enmienda, pero para que Rafael Correa sea presidente son necesarios los votos. Allí la gente tendrá la gran oportunidad de castigarnos, si es que fuere el caso, de decirnos no más Correa o no más AP…”, dijo Alvarado el martes en entrevista a Ecuavisa.

 

Pero el constitucionalista Antonio Rodríguez Vicens considera que el planteamiento de AP lesiona el principio democrático de la renovación periódica (alternabilidad), así como los principios de legislación universal de no retroactividad de la ley, pues, dice, se estaría buscando que nuevamente Correa sea beneficiario de un cambio que se tomaría para lo futuro. Cuando se estableció la reelección por una sola vez, Correa fue candidato a presidente en el 2009 y se consideró ese periodo como el primero de su gestión, pese a haber sido electo en el 2007. Con ello pudo reelegirse en el 2013.

 

Según el constitucionalista, en seis años la Constitución de Montecristi ha recibido golpes “violatorios”. Uno de los primeros fue al día siguiente de que entró en vigencia, cuando el Tribunal Constitucional se autoproclamó Corte Constitucional, pese a que el artículo 25 del Régimen de Transición establecido en la Carta Magna mandaba a que se organizara una comisión calificadora para designar a los magistrados de la primera Corte Constitucional del país.

 

No fue el único procedimiento que se alteró. El más polémico fue la “metida de mano”, llamada así por Correa, a la Función Judicial mediante una consulta popular, en mayo del 2011.

 

El artículo 179 de la Constitución establecía que el Consejo de la Judicatura (CJ) debía integrarse por nueve miembros, elegidos por concurso de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana, y se reformó para que exista un Consejo de la Judicatura Transitorio integrado por tres delegados: de las funciones Ejecutiva, Legislativa y de Transparencia y Control Social, afín al régimen. Y cambió la composición del CJ con cinco delegados de las funciones del Estado.

 

Para el catedrático universitario Juan Francisco Guerrero, en el Ecuador la Constitución ha sido “interpretada a antojo” del Gobierno. Y una muestra de eso fue cuando se dio un cambio en la estructura del Estado al modificar la Función Judicial, vía consulta directa, o en la fallida consulta por el Yasuní.

 

David Rosero, miembro del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, piensa que querer reformar la Carta Magna por enmienda evidencia que el país se quedó en la democracia representativa, cuando la Constitución obliga a avanzar a la democracia participativa. “Hoy nuevamente a conveniencia se quiere reformar una Constitución sin llamar a consulta, es decir, sin participación ciudadana”, apunta Rosero.

 

Fernando Burbano de Lara, analista político de la Flacso, considera que la reforma no afecta la estructura del Estado, pero terminará por reforzar el presidencialismo. “Introduce un elemento muy peligroso de consolidación de una estructura caudillista de liderazgo del Estado y eso afecta la alternabilidad, afecta a las instituciones, a la transparencia”, dice.

 

Regina Zambrano, doctora en Jurisprudencia, recuerda que en la historia del Derecho Constitucional ecuatoriano en sus 22 constituciones se ha establecido una tradición respecto de la duración del periodo presidencial de cuatro años. En el primer caso, solo en la Constitución de 1843 con Juan José Flores, conocida como la Carta de la Esclavitud, se estableció que el periodo fuera de ocho años; y en 1869, en la Carta Negra de Gabriel García Moreno, de seis.

 

Lo mismo ocurre con la reelección continua. Solo en la Carta Negra se estableció de forma indefinida y en la Constitución actual por una sola vez.

 

En el mundo

Países presidencialistas con reelección presidencial indefinida

Venezuela

Nicaragua

Cuba

Bielorrusia

Kazajistán

Chipre

Angola

Namibia

Gabón

Uganda

 

Hoy los diputados, alcaldes y prefectos tienen reelección indefinida, pero presidente y vicepresidente no (…). Eso es absurdo, como es un absurdo la reelección indefinida…”.

11/2007

Yo estaré, si Dios lo permite, cuatro años más; pero esta revolución debe durar para siempre. En este, mi último periodo, aunque tan solo uno más de nuestra revolución…”.

05/2013

Es un gran daño que una persona sea tan indispensable, que haya que cambiar la Constitución para afectar las reglas del juego. Hay gente capaz”.

01 /2014

… He decidido apoyar estas iniciativas y solicitar a nuestro bloque de asambleístas (…) que se enmiende la Constitución para establecer la reelección indefinida en todos los cargos de elección popular”.

05/2014

Estamos viendo cómo un poder gigantesco que juega con la sociedad… que cambia de opinión, que ajusta su discurso a la coyuntura y objetivos políticos inmediatistas”.

Felipe Burbano de Lara

Analista

 

Fuente: El Universo

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