Debido a la contundencia de la acusación presentada por el Ministerio Público, fue condenado a 10 años de prisión el mototaxista José Luis Rebolledo Mendoza (22), quien admitió ser responsable de la muerte de su compañero de labores, Alexis Medina Martínez (28), ocurrida el 21 de enero de 2013, en el callejón La Prospera del Barrio Unión Artigas, parroquia San Juan del municipio Libertador, Distrito Capital.
En la audiencia preliminar, la fiscal 155ª para intervenir en las fases Intermedia y de Juicio del Área Metropolitana de Caracas (AMC), Julimer Márquez, ratificó la acusación contra el joven por la comisión del delito de homicidio calificado cometido por motivos fútiles, previsto en el Código Penal.
En ese sentido, el Tribunal 14° de Control del AMC, en virtud de que el mototaxista admitió su responsabilidad en el hecho, dictó sentencia condenatoria contra Rebolledo, quien cumplirá la pena en el Centro Penitenciario de Aragua, con sede en Tocorón.
El día del hecho, aproximadamente a las 7:30 de la noche, Medina llegó a su vivienda en el callejón La Prospera y, en momentos en los que saludaba a su concubina, fue abordado por Rebolledo, quien aprovechó para efectuarle cuatro disparos que le produjeron la muerte de forma inmediata.
Iniciada la investigación por parte del Ministerio Público, en conjunto con funcionarios del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), fueron entrevistados varios testigos que indicaron que ese mismo 21 de enero, en horas de la mañana, Rebolledo y Medina tuvieron un altercado en la línea de mototaxis donde laboraban, por una aceleración indebida que hizo el ahora condenado al vehículo conducir de la víctima.
El 10 de marzo de 2014, funcionarios de la División de Homicidios del Cicpc aprehendieron al mototaxista, quien se encontraba prófugo tras la orden de aprehensión solicitada por la Fiscalía 27ª del AMC y acordada por el mencionado tribunal de control
Prensa Ministerio Público
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