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Mintur aprueba pago de “precio público justo” para el ingreso a Parques Nacionales y sitios turísticos en Venezuela

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Mintur aprueba pago de “precio público justo” para el ingreso a Parques Nacionales y sitios turísticos en Venezuela

La Ley Orgánica de Turismo que fue publicada en la Gaceta Oficial N° 6.152 Extraordinario, sustituye a la que estaba en vigencia desde mediados de 2012. En la norma se considera el pago de un “precio público justo” para el acceso, con fines turísticos, a parques nacionales, castillos, fortificaciones, museos y demás establecimientos de exposición de monumentos y bienes patrimoniales y arqueológicos, arquitectónicos e históricos, expresados en el artículo 58 de la referida ley.

 

Los recursos serán percibidos por el ente encargado de la administración del monumento o bien turístico. Se establece el mismo sistema en el caso de las islas declaradas o ubicadas en zonas prioritarias para la inversión turística, protegidas o de interés turístico.

 

La Ley Orgánica de Turismo, promulgada el 18 de noviembre vía Habilitante, comprende el pago de tasas (10 nuevas) por la realización de trámites ante el Ministerio de Turismo, que hasta entonces eran gratuitos.

 

Según el artículo 62 de la norma, la actualización del Registro Turístico Nacional cuesta una unidad tributaria (UT); la solicitud de licencias, especificaciones de placas y copias certificadas, entre otros trámites, vale 3 UT, en tanto que el otorgamiento de licencia y especificaciones de placas vale 10 UT.

 

Agrega que la categorización tiene un costo de 120 UT, los sellos de calidad y otras certificaciones 30 UT, el otorgamiento de factibilidad socio-técnica 15 UT, la conformidad turística 15 UT, de condiciones de desarrollo 10 UT y de ocupación territorial 10 UT. La solvencia de pago de contribución cuesta 3 UT.

 

Ricardo Cusanno, presidente del Consejo Superior de Turismo (Conseturismo), espera que la reforma signifique la agilización y facilitación de los trámites, especialmente a los operadores del interior.

 

Aseguró que, por ejemplo, la diligencia puede demorar hasta 10 meses en el caso del Registro Turístico Nacional.

 

Esas tasas se suman a la contribución especial de turismo de 1% sobre los ingresos brutos mensuales obtenidos por los operadores turísticos a escala nacional y que hasta ahora cobraba el Instituto Nacional de Turismo (Inatur).

 

Ahora un servicio desconcentrado se encargará de la recaudación, administración, control y gestión de la citada contribución parafiscal. La ley fijó un mes, a partir de la promulgación del texto, para la creación de la instancia de recaudación.

 

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