En Venezuela protestar es un delito. Lo denuncian las organizaciones no gubernamentales en defensa de los derechos humanos. Dos mil 950 personas han sido detenidas durante las acciones de calle en todo el país, de las cuales casi dos mil se enfrentan a un proceso judicial “viciado”, según la opinión de expertos en la materia.
Para Laura Valbuena, abogada penalista y miembro del Foro Penal Venezolano, muchos de los detenidos por protestas son procesados con delitos de “alta categoría”, tales como: asociación para delinquir, terrorismo, intimidación e instigación pública. Al menos otras ocho causas menores también son atribuidas a los manifestantes, entre las que figuran: agavillamiento, instigación a delinquir, obstrucción a la vía pública e incendio intencional. La especialista precisa que los jóvenes detenidos se enfrentan a una pena promedio 10 años de prisión.
La jurista, que defiende a algunos de los jóvenes detenidos, califica algunos de estos delitos como “causas graves” que incluso están tipificadas en un estamento legal especial, la Ley Orgánica para la Delincuencia Organizada. “Un ejemplo de ello es el terrorismo. En el Zulia existen dos muchachos que son señalados por este delito, que no solo estipula un pena de hasta 30 años, sino que además hace que el imputado pierda cualquier beneficio procesal”.
La aplicación de medidas de privativa de libertad que “violentan” el desenvolvimiento del debido proceso preocupa a la profesional del Derecho, quien denuncia que los requerimientos legales para dictaminar dicha medida no han sido cumplidos en los casos de los manifestantes en el Zulia. “Las evidencias deben comprobar la participación del imputado en el hecho para dictaminar la privativa y no hay elementos suficientes en los casos en el Zulia. Es necesario además que haya presunción razonable de peligro de fuga o que el imputado tenga antecedentes penales, y no es el caso de ninguno de ellos. Otro factor es que para aplicar la medida, los delitos deben superar los 10 años de pena y en la mayoría de los casos son delitos menores; es decir, son sometidos a esa medida sin fundamentos”.
Medidas inconstitucionales
Respecto a las medidas cautelares, Valbuena detalló que lo más común es un régimen de presentación periódica ante el tribunal y en ciertos casos la prohibición de salida de la jurisdicción; sin embargo, califica de “inconstitucional” el trasfondo de dichas medidas, cuando además prohíben que el imputado participe en protestas pacíficas.
La penalista explica que la prohibición no se hace de forma expresa, pero sí tácitamente, al referir que el imputado no puede concurrir a “determinadas reuniones o determinados lugares de manera conjunta o separada”. “Entonces, por medio de una norma inferior están coartando un derecho que nace con la persona humana, que es inherente a las personas, como lo es el derecho a la libre protesta. Y resulta que están coartando ese derecho superior con una sentencia; es decir, te impongo una medida de coerción para coartarte la libertad a fin de que te sometas a un procedimiento”.
Delitos más comunes
-Instigación a delinquir: condena de tres a seis años.
-Agavillamiento: de dos a cinco años de prisión.
-Intimidación pública: de tres a seis años.
-Instigación pública: dos a cinco años.
-Obstrucción de la vía pública: condena de cuatro a ocho años.
-Incendio intencional: de tres a seis años.
-Terrorismo: tipificado en la Ley Orgánica para la Delincuencia Organizada con una pena de 20 a 30 años de cárcel.
-Asociación para delinquir: legislación venezolana establece pena de seis a 10 años.
Cifras en el Zulia
-384 detenciones
-216 medidas cautelares
-17 privados de libertad
-73 libertad plena
Diario la Verdad
Por Verónica Albarrán