El instrumento legal establece responsabilidad jurídica para quienes participen o colaboren en la confiscación de bienes venezolanos fuera del territorio nacional
Venezuela promulgó recientemente una ley para la protección de sus activos en el exterior, que pretende salvaguardar los bienes de la nación en cualquier parte del mundo y sancionar penalmente a los ciudadanos nacionales que participen en el expolio del Estado.
La noche del pasado lunes, el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, promulgó la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, que fue aprobada el pasado miércoles por la Asamblea Nacional.
Este instrumento legal se complementa con la recién promulgada Ley de Extinción de Dominio, definida por el mandatario venezolano como «un arma poderosa para combatir a las mafias y a los corruptos», en medio de las aprehensiones de altos funcionarios del Gobierno, autoridades locales y empresarios incursos en delitos como malversación de fondos y corrupción.
Con esta nueva normativa, el país suramericano declara como «absolutamente nulo» cualquier «intento o acción» de organismos internacionales contra bienes del Estado, aseveró el presidente de la Comisión Permanente de Política Interior, Diosdado Cabello, durante la sesión de aprobación.
Al hablar sobre el punto de partida para la creación de esta ley, Cabello recordó que, desde 2014, Venezuela «ha sido objeto de ilegítimas e ilegales medidas coercitivas unilaterales» impuestas por EEUU «con el propósito de forzar al país a renunciar al ejercicio de sus derechos soberanos».
Afirmó que las sanciones vulneran los derechos humanos de los venezolanos y atentan contra el derecho internacional. «En su conjunto constituyen crímenes de lesa humanidad», agregó.
En 2020, el Gobierno venezolano interpuso ante la Corte Penal Internacional de La Haya una denuncia contra las autoridades de EE.UU. por «crímenes de lesa humanidad contra el pueblo venezolano».
Cabello mencionó que tanto en la aplicación de medidas coercitivas, como en la «persecución contra los funcionarios venezolanos» y el «despojo de algunas propiedades e intereses» del Estado, ha habido participación de ciudadanos venezolanos, por lo que se establecen «sanciones ejemplarizantes» y la extinción de dominio de los bienes de procedencia ilegítima que tengan en el país.
¿Cómo fue el proceso de elaboración?
Esta nuevo instrumento legal tiene 13 artículos. En su elaboración participaron 135 personas de distintos organismos estatales, como el Ministerio para Relaciones Interiores y Justicia, la Contraloría, la Vicepresidencia Ejecutiva, la Defensa Pública, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público, la Procuraduría, el Tribunal Supremo de Justicia, entre otros.
Además, relató Cabello, hubo conexión por videoconferencia con más de 1.800 personas y se recibieron 42 propuestas al correo electrónico de la comisión de preside.
Este instrumento legal busca proteger los activos, derechos e intereses en el exterior de Venezuela «frente a cualquier actuación o acto jurídico celebrado por personas o entidades que se atribuyan o pretendan atribuirse y legítimamente su representación», en el marco de las medidas coercitivas unilaterales.
Las disposiciones de la ley son aplicables a los activos del Estado venezolano o sus entidades, «independientemente del lugar donde se encuentren ubicados».
Asimismo, se desconoce «de manera absoluta» cualquier acto jurídico hecho por personas o entidades, «que se atribuyan o pretendan atribuirse» la representación de Venezuela, amparados en el «reconocimiento ilegítimo que hicieran entidades, poderes o autoridades extranjeras». Por ello, cualquier negociación o actuación de este tipo se declara «nula» e «ineficaz», sin que haya un pronunciamiento judicial.
Del mismo modo, las personas y entidades nacionales o extranjeras que pretendan realizar o lleven a cabo estos actos jurídicos, que vayan en contra de la ley, no podrán realizar contrataciones con el Estado venezolano ni podrá otorgársele ventaja o beneficio alguno en el marco de procesos de negociación o reestructuración de acreencias.
Esta normativa establece la sanción penal, conforme a la Constitución y la ley vigente, de quienes usurpen o se atribuyan la representación de Venezuela en el exterior. Además, sus bienes serán objeto de extinción de dominio.
Asimismo, se establece una pena de entre 15 a 20 años de cárcel a quienes «ejecuten o colaboren» en actos de «desconocimiento de los poderes públicos del Estado venezolano con fines de simular la celebración o ejecución de actos jurídicos».