Ley Seca y prohibición de Porte de Armas desde el 12-A

Ley Seca y prohibición de Porte de Armas desde el 12-A

Una resolución conjunta del Ministerio de Interior y Justicia y el Ministerio de la Defensa ordenó la suspensión del porte de armas entre los días 12 abril a las 6:00 pm y 15 de abril a las 6:00 pm. También queda prohibido durante ese lapso el expendio y distribución de bebidas alcohólicas en todo el país

 

Resolución mediante la cual se suspende temporalmente el Permiso de Porte y Tenencia de Armas de Fuego y Armas Blancas, el expendio y distribución de bebidas alcohólicas y se prohíben las reuniones y manifestaciones públicas, así mismo, se prohíbe la circulación de vehículos de carga y de camiones blindados en todo el territorio nacional en el período que en ella se especifica, en los términos que en ella se indican.

 

Resolución Conjunta mediante la cual se establece estricto control del desplazamiento fronterizo de personas, vehículos y carga, por vía terrestre, durante el período y horario que en ellas se señalan.

 

Fuente: Agencias

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