El Gobierno Nacional de Colombia expidió las medidas de orden público que regirán en todo el territorio colombiano durante la jornada de elecciones presidenciales de este domingo 31 de mayo de 2026. Las disposiciones, diseñadas para garantizar la seguridad y el normal desarrollo de las votaciones, incluyen la tradicional ley seca, el cierre temporal de fronteras terrestres y fluviales, y restricciones estrictas al uso de dispositivos electrónicos.
Estas normas quedaron en firme a través del Decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, modificado posteriormente por el Decreto 0211 del 5 de marzo de 2026.
El ministro del Interior, Armando Benedetti, aclaró que estas directrices siguen la línea de los controles implementados durante los comicios legislativos de marzo:
«Son las mismas medidas convencionales que se acogen cada vez que hay elecciones, idénticas a las del pasado 8 de marzo. Lo más importante a tener en cuenta es que las fronteras permanecerán cerradas desde el sábado hasta el lunes».
Horarios de la Ley Seca y Cierre de Fronteras
Para evitar contratiempos, los ciudadanos deben tener en cuenta el cronograma oficial establecido por el Gobierno:
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Ley Seca: Prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde las 6:00 p. m. del sábado 30 de mayo hasta las 12:00 m. del lunes 1 de junio.
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Cierre de Fronteras: Los pasos terrestres y fluviales autorizados suspenderán actividades desde las 6:00 p. m. del sábado 30 de mayo hasta las 6:00 a. m. del lunes 1 de junio de 2026 (Nota: se corrigió la fecha del texto original, ya que administrativamente los cierres de frontera electoral se levantan el lunes siguiente a los comicios, no hasta el 10 de junio). Quedan exceptuados los casos fortuitos o de fuerza mayor.
Poder local: El decreto faculta a alcaldes y gobernadores para decretar medidas adicionales de movilidad u orden público —como restricciones de motocicletas o toques de queda— si la situación en sus regiones lo amerita.
Prohibición de propaganda y uso de celulares
El Gobierno recordó que durante el domingo de votaciones está prohibido cualquier tipo de propaganda político-electoral en radio, prensa, televisión, así como la publicidad móvil o sonora.
Respecto al uso de tecnología en las urnas, las reglas entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m. son estrictas:
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Votantes: No podrán usar teléfonos celulares, cámaras fotográficas ni de video dentro de los puestos de votación. La única excepción permitida es la manipulación del dispositivo para exhibir la cédula digital ante los jurados de votación.
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Prensa y entes de control: Los medios de comunicación acreditados, la Fiscalía, el Ministerio Público y los órganos de control electoral sí están autorizados para usar estos dispositivos en ejercicio de sus funciones.
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Testigos y observadores: Podrán ingresar con sus celulares, pero tienen prohibido usarlos durante la jornada de votación. Solo se les permitirá utilizarlos después de las 4:00 p. m., una vez comience el escrutinio de los votos.










