El texto que rige a las Instituciones del sector bancario elevó de 7 mil 500 a 15 mil 500 unidades tributarias el tope de los préstamos a través de tarjetas o extra financiamiento.
Dentro del nuevo grupo de siete normas aprobadas vía Habilitante, que se conocieron este martes -cuando circuló la Gaceta Extraordinaria 6.154- destaca la Ley de Instituciones del Sector Bancario.
El texto, aunque mantiene que la banca puede entregar hasta 20% del total de los depósitos en créditos al consumo (tarjetas de crédito y pago a plazos), aprobó un cambio en el monto que puede financiar a cada cliente.
De acuerdo con la norma -de 274 artículos- los denominados préstamos al consumo (créditos a corto plazo para la compra en establecimientos comerciales y cuyo pago se hace en cuotas consecutivas) ya no tendrán como monto tope de financiamiento 7 mil 500 Unidades Tributarias (Bs 952 mil 500), sino que la cifra fue elevada a 15 mil 500 UT (Bs 1 millón 968 mil 500).
La medida supone que, por ejemplo, las compras con tarjeta de crédito podrán alcanzar ese monto tope, así como la adquisición de bienes haciendo uso de los llamados extra crédito, es decir, el préstamo adicional para adquirir bienes y servicios que no afecta el límite crediticio del plástico.