A través de la Gaceta Oficial, el Indepabis ordenó el marcaje inmediato del Precio de Venta al Público o Precio Máximo de Venta al Público a todas las personas naturales y jurídicas, importadores, fabricantes y productores que no hayan cumplido con el artículo 45 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de Bienes y Servicios.
Recordó el Indepabis que el incumplimiento de la Ley puede acarrear sanciones desde las 100 hasta las 5.000 unidades tributarias y el cierre temporal de locales hasta por 90 días.
Fuente: Globovisión