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Hasta con 16 años de presidio se penalizará el robo de vehículos

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Hasta con 16 años de presidio se penalizará el robo de vehículos

El pasado jueves, durante la última sesión del primer periodo de la Asamblea Nacional, fue sancionada la Ley Especial sobre Hurto y Robo de Vehículos y Delitos Conexos.

 

La normativa legal destaca la intención de «establecer los procedimientos para la devolución de los vehículos recuperados a sus propietarios y la destrucción de los vehículos no identificados».

 

Conozca los aspectos más relevantes del texto legal:

 

– Al momento de realizar la venta o traspaso de propiedad de un vehículo, será necesario presentar la verificación legal junto con el contrato, para que la transacción sea válida.

 

– Los cuerpos de seguridad ciudadana del Estado deberán notificar al propietario y publicar a través de su página web o en dos diarios de circulación nacional la lista de con las características de identificación de los vehículos recuperados.

 

– En caso de que un vehículo recuperado no sea reclamado ante el Ministerio Público, será necesario respetar un lapso de 90 días continuos antes de que el Tesoro Nacional disponga del mismo.

 

– Los vehículos que no sean identificados podrán ser destruidos en un lapso de 30 días hábiles a partir de la emisión de constancia de no identificación.

 

– Con la promulgación de esta normativa legal, se derogará la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automores, con fecha 26 de julio de 2000.

 

Revise las penas que serán impuestas a quienes incumplan con la normativa legal:

 

– Con prisión entre seis y diez años, será penado el hurto de vehículos.

 

– La penalización por robo de vehículos será de entre doce y dieciséis años.

 

– La sustracción de piezas no esenciales de un vehículo será penada con prisión de dos a seis años.

 

– El desvalijamiento de vehículos será penado con prisión de cuatro a ocho años.

 

– El cambio ilícito de placas identificadoras para procurar la impunidad del autor de algún delito o para obtener provecho económico será penada con prisión de cuatro a seis años.

 

– La modificación de seriales supondrá una pena de entre cuatro y ocho años de presidio.

 

– En cualquiera de los casos, la pena podría aumentarse en un tercio si el responsable fuese el funcionario público encargado de la custodia de vehículos.

 Fuente: Globovisión

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