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Guerra: Será difícil recaudar impuesto a grandes patrimonios

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Guerra: Será difícil recaudar impuesto a grandes patrimonios

 
 
Según el economista esto podría generar que se inhiba la inversión en el país


 
 
En Venezuela no existe la suficiente actividad económica como para que las personas y las empresas puedan pagar impuestos patrimoniales.

 

 

La aseveración corresponde al economista José Guerra, quien además considera que es un impuesto difícil de recaudar porque se necesita conocer la base imponible y ello no es fácil en Venezuela. Por otra parte a una economía en recesión no es aconsejable colocarle más impuestos.

 

 

“La base imponible es la estructura financiera sobre la que se calcula el impuesto. En Venezuela no hay estadísticas para hacer bien ese cálculo”, apuntó Guerra.

 

 

A través de su cuenta en Twitter se preguntó: ¿Cuál patrimonio? El patrimonio de las empresas y personas naturales está depreciado por la hiperinflación. Es preferible tener pocos impuestos con alta capacidad de recaudación que muchos con baja capacidad de recaudación.

 

 

El también miembro de la Comisión de Economía y Finanzas de la Asamblea Nacional, señaló que aplicar más impuestos en una economía en recesión no es aconsejable, dado que traería consigo efectos negativos como “inhibir la inversión, porque si no hay actividad económica no hay cómo pagar”.

 

 

La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) aprobó el martes 2 de julio una ley de impuestos a los grandes patrimonios, que obligará tanto a personas naturales como jurídicas a contribuir con el ingreso fiscal si el valor de sus negocios o propiedades supera Bs 1,8 millardos.

 

 

Con ello, se pretende cobrar hasta 1,5% a personas naturales con más de 250.000 euros (282.500 dólares) de activos y a empresas cuyo patrimonio sume más de 650.000 euros (734.500 dólares).

 

 

La medida establece que las personas y empresas consideradas en esta categoría paguen “de manera progresiva” del “0,25% al 1,5% del patrimonio total.

 

 

El proyecto de ley recibió la aprobación “en bloque” por la plenaria, es decir, no se evaluó artículo por artículo.

 

 

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